En un fallo sin precedentes, la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe dejó firme una sentencia que reconoce el daño genético causado por agroquímicos y establece una distancia mínima de 1.000 metros sin fumigaciones en torno al ejido urbano de Piamonte, una comuna de unos 3.500 habitantes. El máximo tribunal de la provincia sostuvo que la legislación actual en materia de agroquímicos está desactualizada y que la localidad deberá adecuarse a la nueva disposición mediante una ordenanza.
La decisión es fruto de una causa iniciada en 2016 por la familia Córdoba, quienes sufrieron afecciones en su salud por la exposición a agrotóxicos utilizados en campos linderos, silos, galpones y por el tránsito de maquinarias pulverizadoras. “A partir de este momento, la sentencia podrá ser invocada en toda Santa Fe para establecer otras distancias que alejen las fumigaciones y permitan la defensa de la salud, la vida y el ambiente”, afirmó Eugenia Boccio, abogada de la familia demandante.
Daño genético comprobado y derecho a un ambiente sano
El Juzgado de Primera Instancia de San Jorge, a cargo del juez Daniel Zoso, dio por probadas las denuncias. Se basó en pericias médicas que comprobaron daño genético en la familia, especialmente en Abigail, de 9 años, quien padece broncoespasmos a repetición desde los cinco años. Los estudios de genotoxicidad —realizados por la Universidad Nacional de Río Cuarto— mostraron la presencia de aberraciones cromosómicas y micronúcleos en sus células, consecuencias vinculadas a la exposición a agroquímicos.
El fallo también hizo hincapié en los datos obtenidos en los “campamentos sanitarios” organizados por el Instituto de Salud Socioambiental de la Universidad Nacional de Rosario, liderado por el médico Damián Verzeñassi, donde se identificaron patologías recurrentes en pueblos fumigados.
Además, se citaron investigaciones del Grupo de Genética y Mutagénesis Ambiental (GEMA) de la UNRC, que confirmaron en humanos y animales las consecuencias sanitarias del modelo agropecuario. Entre ellos, el estudio “La genotoxicidad del glifosato evaluada por el ensayo cometa y pruebas citogenéticas”, que demuestra daño celular con dosis hasta 20 veces menores que las usadas en campo abierto.
Exigencias y medidas dispuestas
El fallo ordena que la comuna de Piamonte:
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Prohíba la fumigación terrestre y aérea a menos de 1.000 metros del casco urbano.
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Implemente controles sobre silos, acopios y galpones, conforme a la resolución provincial 177/2003.
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Establezca cortinas forestales para limitar el polvillo.
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Impida el tránsito de maquinarias pulverizadoras dentro de zonas urbanas.
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Garantice controles en zonas sensibles como escuelas, centros de salud y recreativos.
Los demandados fueron la Comuna de Piamonte y los titulares de instalaciones agroindustriales: Iván Carignano, Luis y Roberto Cravero, Octavio Camusso, Román Vaira, Claudio Fiorito, y las Cooperativas de Pellegrini y María Susana.
Agroecología como alternativa
Otra pericia clave, elaborada por el ingeniero agrónomo Nicolás Indelángelo, demostró la viabilidad de una transición agroecológica en Piamonte. El informe enfatiza la necesidad de un plan colectivo, con acompañamiento del Estado y referentes del sector, para abandonar el uso de agroquímicos sin afectar el derecho a la producción.
“La agroecología no es solo una práctica productiva, sino una recomposición social”, remarcó Boccio. Además, se destacó que el modelo actual ya produjo una pérdida del 20% de la materia orgánica del suelo, comprometiendo su fertilidad y capacidad de absorción.
Reforma legal urgente
El fallo declaró la inconstitucionalidad de los artículos 33 y 34 de la Ley Provincial 11.273, que regulan la aplicación de productos fitosanitarios. La norma permite fumigaciones aéreas de productos considerados “de bajo o moderado riesgo” a solo 500 metros de zonas pobladas, en caso de ordenanzas que lo avalen. En lo terrestre, las restricciones también resultaron insuficientes según la Justicia.
“La legislación vigente no refleja los avances científicos ni protege adecuadamente la salud de las personas”, concluyó el juez.
El histórico fallo de la Corte Suprema de Santa Fe sienta un precedente fundamental para otras localidades de la provincia y refuerza la lucha de cientos de comunidades que enfrentan las consecuencias del modelo agroindustrial. La sentencia no solo valida científicamente el daño de los agroquímicos, sino que abre el camino para pensar otros modelos productivos centrados en la vida, la salud y el ambiente.
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