A través del Decreto 138/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno de Javier Milei oficializó el nuevo Régimen Penal Juvenil. La reforma, que representó una de las principales batallas legislativas del oficialismo en las sesiones extraordinarias, establece que los adolescentes serán penalmente responsables a partir de los 14 años, reduciendo el límite anterior que estaba fijado en los 16.
Los ejes centrales de la reforma y la baja de edad
El punto de mayor impacto es, sin dudas, la baja de la edad de punibilidad. Tras arduas negociaciones en el Congreso donde se descartó la propuesta inicial de bajarla a los 13 años, el texto final se alineó con los estándares de otros países de la región. La ley determina que cualquier joven de entre 14 y 18 años podrá ser juzgado por delitos tipificados en el Código Penal.
“Es un momento histórico, vamos a modificar un régimen de 1980, de un gobierno militar”, sostuvo el diputado Nicolás Mayoraz durante el debate, subrayando la necesidad de actualizar la Ley 22.278, vigente desde la última dictadura. Con este cambio, el sistema judicial deberá investigar la participación de menores en hechos delictivos bajo un marco de garantías procesales específicas para su edad.
Sanciones graduadas y límites a la privación de libertad
La nueva normativa no solo se enfoca en la punibilidad, sino que introduce un abanico de sanciones que permiten a los jueces graduar la respuesta estatal según la gravedad del hecho. El sistema prioriza la resocialización y establece que la prisión debe ser el último recurso.
Para delitos menores o con escalas penales bajas, se prevén medidas alternativas como:
Amonestaciones y reparaciones: El pedido de disculpas o la reparación del daño a la víctima.
Servicios comunitarios: Realización de tareas en beneficio de la sociedad.
Monitoreo electrónico: Uso de dispositivos de seguimiento sin necesidad de encierro.
Restricciones de contacto: Prohibición de acercarse a la víctima o a determinados lugares.
En los casos de delitos graves, como homicidios o abusos, la ley contempla la privación de la libertad en institutos especializados, diferenciados de las cárceles de adultos. Sin embargo, se estableció un tope máximo de 15 años de prisión, con excepciones muy puntuales que podrían extenderse hasta los 20 años en casos de extrema gravedad, eliminando la posibilidad de prisión perpetua para menores.
Plazos y desafíos para la implementación
A pesar de su promulgación, la ley no tendrá una aplicación inmediata. El texto fija un plazo de 180 días para su entrada en vigencia, tiempo en el cual el Estado nacional y las provincias deberán adecuar sus estructuras judiciales, edilicias y presupuestarias.
Uno de los mayores desafíos será la creación de la figura del "supervisor judicial especializado", un profesional encargado de monitorear el cumplimiento de las penas y asegurar que el joven acceda a programas de salud y educación. Además, el Ejecutivo nacional podrá firmar convenios con las provincias para financiar la construcción de los nuevos centros de detención especializados que exige la normativa.


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