Causa Civil por Incendios en Islas Vuelve a Victoria tras Revocación de la Cámara Federal

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La Cámara Federal de Paraná ha emitido un fallo clave que obliga al Juzgado Federal de Victoria a continuar tramitando la causa civil iniciada por la Asociación Civil Cuenca Río Paraná contra propietarios de campos en los humedales entrerrianos. Este proceso judicial aborda los graves incendios en las islas que devastaron miles de hectáreas entre 2020 y 2022 y que cuenta con más de 40 imputados. La decisión revoca la medida previa del juez Federico Martín, quien había derivado el expediente a la Corte Suprema de la Nación.


Un Avance para el Acceso a la Justicia Ambiental

La resolución, firmada por los camaristas Beatriz Aranguren y Mateo Busaniche, es considerada por la asociación demandante como un "avance clave para el acceso a la justicia ambiental". La abogada Gimena Viviani, del equipo legal de la asociación, destacó que el criterio de la Cámara "se ajusta con los recientes lineamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Cidh)".

Viviani se refiere a la opinión consultiva OC-32/25 de la Cidh sobre «Emergencia Climática y Derechos Humanos», emitida a principios de julio de este año. En ella, la Corte Interamericana resolvió que la crisis climática es una amenaza real para los derechos humanos. Además, la Cidh estableció que los Estados deben garantizar un "acceso real, oportuno y efectivo a la justicia ambiental", evitando que formalismos procesales neutralicen la protección de ecosistemas y comunidades.

Si bien la Cámara de Paraná no citó expresamente la opinión consultiva, el abogado Fabián Maggi, también parte del equipo legal, explicó que los jueces sí realizaron un "control de convencionalidad". Este control implica que "los jueces revisan si las actuaciones judiciales cumplen con estándares internacionales, fundamentalmente de la Corte de Interamericana de Derechos Humanos".


Maniobras para Demorar la Causa: La Incompetencia del Juez Martín

El proceso civil por los incendios en las islas sufrió un quiebre en 2022 con el cambio de juez, asumiendo la jurisdicción Federico Martín. La abogada Viviani señaló que el magistrado tuvo "ciertas dilaciones y comportamientos que distan de los roles que debe asumir un juez".

La declaración de incompetencia del juez Martín fue calificada como una "dilación grave" que buscaba sustraerse de sus deberes constitucionales. Viviani argumentó que el juez "decidió no decidir más porque considera que la causa debe tramitarse ante competencia originaria de la Corte Suprema de la Nación". Esto, según la letrada, contradice el mandato del artículo 41 de la Constitución Nacional, que exige propender a la defensa del ambiente.

El juez Martín se declaró incompetente basándose en que uno de los demandados citó al proceso judicial como terceros a los Estados santafesino y entrerriano. Con este argumento, esgrimió un supuesto conflicto entre provincias, amparándose en el artículo 116 de la Constitución Nacional para derivar la causa a la Corte Suprema por posibles contiendas entre provincias.

Sin embargo, la letrada aclaró que esta maniobra es una estrategia de los demandados para dilatar el proceso. La realidad es que "ni la provincia de Santa Fe ni la provincia de Entre Ríos tienen una contienda judicial" en este caso. Ambas provincias "simplemente fueron citados como terceros por una de las partes demandadas, pero no son actores ni demandados".

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