El directorio de la reconocida agroexportadora en default, Vicentin, sufrió un severo golpe tras la reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. La sentencia que homologaba el concurso preventivo, previamente avalada por la Cámara de Apelaciones de Reconquista, ha sido anulada, lo que obliga a reiniciar el proceso en la Cámara de Rafaela. Esta determinación, ocurrida el 18 de febrero de 2025 a las 17:36 hs, pone de relieve la complejidad del escenario legal en torno a este caso y marca un punto de inflexión en el manejo del concurso de acreedores.
La resolución se produce luego de que el Grupo Grassi, a través de la empresa Commodities S.A., impugnara la homologación realizada, argumentando la falta de equidad en la propuesta de pago. Tras cuatro años desde el inicio del concurso, Vicentin había presentado una propuesta de pago que fue aceptada por la mayoría de los acreedores; sin embargo, el principal acreedor comercial no cooperativo, Commodities S.A., se opuso a dicha iniciativa. Además, el juez Fabián Lorenzini había rechazado en un primer momento la homologación judicial del concurso, decisión que fue revertida por la Cámara Civil y Comercial de Reconquista y, posteriormente, impugnada ante la Corte provincial.
En su fallo, el máximo tribunal determinó lo siguiente:
"En mérito a los fundamentos del acuerdo que antecede, la Corte Suprema de Justicia de la provincia resolvió: Declarar procedente el recurso de inconstitucionalidad y, en consecuencia, anular la sentencia impugnada con el alcance señalado, y remitir los autos al Tribunal subrogante que corresponda a fin de que dicte nuevo pronunciamiento conforme a las pautas sentadas en el presente fallo".
Esta decisión, tomada por amplia mayoría, significa un duro revés para los directivos de Vicentin y añade incertidumbre respecto al futuro del plan de pagos de la compañía. La resolución dispone que el expediente retorne a segunda instancia para la designación de un tribunal subrogante, el cual deberá emitir un nuevo fallo sobre el concurso preventivo. Con esta medida se allana el camino hacia la apertura del proceso de cramdown, mecanismo legal que permite a los acreedores presentar propuestas de salvataje cuando la empresa no logra alcanzar las conformidades necesarias en el acuerdo preventivo.
El abogado Gustavo E. Feldman subrayó la trascendencia de este fallo, señalando que la decisión “extirpa del mundo jurídico la resolución amañada de la Cámara de Reconquista que acogió la propuesta ignominiosa de Vicentin”. Asimismo, el letrado destacó que la situación se definirá en breve en la Cámara de Rafaela, y que el desenlace podría desembocar en el "salvataje" de la compañía, ya que en este estadio procesal no se admite otra propuesta por parte de la concursada.
¿Qué es el cramdown?
El cramdown es un mecanismo contemplado en el artículo 48 de la Ley de Concursos y Quiebras, diseñado para que los acreedores u otros actores externos puedan presentar una propuesta para asumir el control de una empresa en default. Este procedimiento aplica en casos en los que la entidad involucrada es una sociedad de responsabilidad limitada, sociedad por acciones, sociedad cooperativa o cuando participa el Estado (nacional, provincial o municipal). Una vez vencido el período de exclusividad sin que el deudor haya obtenido las conformidades requeridas para el acuerdo preventivo, se evita la declaración de quiebra, permitiendo así que el proceso de cramdown entre en acción.
Esta resolución de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe no solo representa un revés significativo para los directivos de Vicentin, sino que también refuerza la relevancia del marco legal en la gestión de concursos y reestructura de empresas en default, subrayando la importancia de contar con procesos judiciales justos y transparentes en el ámbito empresarial.
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