La jueza federal María Servini dictó este miércoles prisión preventiva para tres hombres acusados de haber grabado un video con amenazas dirigidas a la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y al gobernador de Santa Fe, Máximo Pullaro. Según el fallo, los detenidos están formalmente procesados por intimidación pública y amenazas agravadas, delitos que habrían tenido como objetivo “aterrorizar a la población”.
Servini destacó que, aunque las amenazas incluyeron reclamos específicos, como la realización de tareas escolares para los niños y el cese de actividades políticas relacionadas con presos, el núcleo delictivo radicó en las declaraciones al final del video. En ellas, los implicados aseguraron que “van a empezar a dejar muertos por toda la capital de Buenos Aires y Santa Fe, y que esto nunca va a terminar”, lo que, según la jueza, busca intimidar a una cantidad indeterminada de personas.
Evidencias clave en los allanamientos
Durante los operativos realizados en el marco de la investigación, se incautaron diversos elementos:
- Dos artefactos explosivos tipo munición de mortero.
- Armas, entre ellas un revólver calibre 22 largo, un revólver calibre 32, y municiones de calibres 7.62, 22 y 32.
- Cargadores de fusil FAL con municiones.
- Dos mamelucos blancos, además de dispositivos electrónicos y memorias.
Negación de los acusados
En sus declaraciones indagatorias, los tres imputados negaron su participación en los hechos. Uno de ellos expresó: “Pido mi libertad porque te juro que yo no soy, soy inocente”, mientras que otro afirmó: “No tengo nada que ver en la causa que se me imputa, soy inocente. Quiero mi libertad”.
La resolución judicial
En el fallo, la jueza indicó que existen “elementos de convicción suficientes para acreditar prima facie la materialidad del suceso y la responsabilidad criminal de los imputados”. Estos elementos incluyen declaraciones que sustentaron las órdenes de allanamiento y pruebas halladas en el lugar donde se detuvo a los acusados.
Asimismo, se confirmó la participación de David Rubén Agustín Quiroz, Diego Lucas Quiroz y Matías Leonel Romero en la producción del video amenazante, basándose en testimonios y en las pruebas recopiladas. A la espera de pericias de voz, las evidencias recolectadas hasta ahora han sido consideradas suficientes para mantener el procesamiento.
Cargos legales y embargos
La jueza aplicó el primer párrafo del artículo 211 del Código Penal, que establece penas de dos a seis años por infundir temor público, agravado por el artículo 41 quinquies, que duplica las penas mínimas y máximas cuando los actos buscan aterrorizar a la población o influir en decisiones de autoridades públicas.
Además del procesamiento y la prisión preventiva, se ordenó un embargo de diez millones de pesos para cada uno de los acusados.