Ciudad Fallo Ejemplar: Justicia Ordena al Club Náutico Capacitación en Género Tras Caso de Violencia Verbal

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El Juzgado Laboral N°6 emitió una sentencia que obliga al Club Náutico Sportivo Avellaneda a indemnizar a una instructora de zumba tras su denuncia de violencia verbal por parte del presidente de la institución, en el contexto de una relación laboral informal de casi cuatro años. La jueza Patricia Otegui no solo reconoció la existencia de un vínculo laboral no registrado, sino que ordenó a la institución implementar un protocolo de capacitación en género y violencia hacia las mujeres, considerando marcos normativos como la Convención de Belém do Pará, la CEDAW y la ley Micaela, entre otros.

"Estamos muy felices. Es un fallo disruptivo que reconoce un vínculo laboral clandestino y exige capacitación en cuestiones de género para el personal jerárquico del club, que debe dar el ejemplo," expresó la abogada Vanina Grosso, representante de la trabajadora, en declaraciones a El Ciudadano.

La denunciante, Belén Giorgis, impartió clases de zumba durante casi cuatro años sin un registro formal en el club ubicado en el barrio de Arroyito. "Cumplía horarios semanales y daba clases especiales los fines de semana. El club promocionaba su actividad en redes sociales, y los asistentes pagaban al club por las clases," relató Grosso. Según testimonios aportados al juicio, Giorgis tenía alrededor de 200 alumnas que abonaban una cuota destinada directamente al club, que hasta el final negó la relación laboral, refiriéndose a ella como una "socia que bailaba en los espacios comunes."

La abogada señaló que esta falta de registro constituye un caso de violencia laboral, que escaló a violencia verbal cuando el presidente del club, Pablo César Creolani, supuestamente le gritó a Giorgis en tono ofensivo. "Con la mano en alto, le gritó: 'Sos rebelde, pedazo de pelotuda, pensé que la única pelotuda era mi mujer,'" expresó Grosso, relatando cómo el incidente ocurrió frente a la esposa del presidente, también presente en la clase. La jueza Otegui calificó el acto de Creolani como "una agresión verbal ilícita que constituye una clara situación de violencia de género y resulta inaceptable."

En su fallo, la jueza enfatizó que "la trabajadora fue afectada en su labor debido a su condición de género, en total violación a sus derechos consagrados en la Constitución Nacional." Citó además diversas normativas nacionales e internacionales como la CEDAW, la Convención de Belém do Pará y convenios de la OIT, subrayando la necesidad de indemnizar a Giorgis y de establecer un protocolo de capacitación en género y violencia para todo el personal del club, en particular para el personal jerárquico.

Grosso destacó que la sentencia apunta a "concientizar para evitar la repetición de estos hechos, reflexionar sobre la violencia de género en el contexto de relaciones de poder desiguales, y desaprender estereotipos y comportamientos naturalizados." También se busca dar mayor visibilidad a la prevención y denuncia de violencia, estableciendo instancias claras de actuación para la comunidad y sus autoridades.

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