Con la derogación de la cédula azul, qué trámite hay que hacer para manejar un vehículo ajeno

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La derogación de la cédula azul ha generado cambios en los trámites necesarios para autorizar a terceros a manejar un vehículo que no les pertenece. A continuación, resumo los pasos para realizar este trámite según la disposición 29/2024 de la DNRPA:

1. Accede al Sistema Integral de Trámites Electrónicos: Utiliza este sistema para iniciar el proceso de autorización. Es importante contar con acceso a Internet para realizar este paso.

2. Valida tu identidad en el portal de AFIP: Utiliza tu clave fiscal para autenticarte en el portal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Este paso es necesario para confirmar tu identidad como titular del vehículo.

3. Selecciona el vehículo: Una vez dentro del sistema, elige el dominio del vehículo sobre el cual eres titular y deseas autorizar a un tercero para que lo conduzca.

4. Identifica al tercero: Ingresa el nombre y apellido, así como el CUIT, CUIL o CDI del tercero al que deseas autorizar para manejar el vehículo.

Una vez completados estos pasos, el tercero autorizado podrá visualizar la cédula verde del vehículo en su perfil digital, en el apartado "Mis vehículos" de la aplicación. Si en algún momento deseas desautorizar a alguien, simplemente sigue el mismo procedimiento.

Es importante tener en cuenta que, según el Colegio de Mandatarios de Rosario, la aplicación para realizar este trámite aún no está disponible. Mientras tanto, si deseas autorizar a alguien para conducir tu vehículo, deberás entregarle tu cédula de titular en formato físico.



La medida, anticipada por el Ministerio de Justicia hace diez días, ha sido formalizada a través de la Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), publicada recientemente en el Boletín Oficial.

La denominada "Cédula de Identificación para autorizado a conducir", conocida como Cédula Azul, permitía a los propietarios de vehículos autorizar a terceros para su conducción. Sin embargo, con la implementación del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, que establece la no caducidad de las Cédulas de Identificación, se ha considerado que la Cédula Azul carece de justificación práctica, motivando su derogación según lo expresado en el texto oficial.

A partir de ahora, se emitirá una Cédula Verde original en diversas instancias, incluyendo la Inscripción Inicial, transferencias, cambios de radicación, domicilio, denominación de personas jurídicas, entre otros procedimientos relacionados con el registro de vehículos. Estas cédulas se entregarán tanto en formato físico como digital, siendo la versión digital accesible a través de la aplicación "Mi Argentina".

Además, se han establecido condiciones para la expedición de duplicados de Cédulas de Identificación del Automotor o sus adicionales, permitiendo su tramitación completamente electrónica. Estos duplicados no tendrán fecha de vencimiento, a menos que normativas específicas establezcan lo contrario.

En lo referente a las Cédulas Verdes emitidas previamente a la entrada en vigor de esta medida y que contengan una fecha de vencimiento en su formato físico, la DNRPA ha aclarado que estas no tendrán vencimiento, asegurando así la continuidad de su validez.

Por último, se ha dispuesto que las Cédulas Azules actualmente emitidas permanezcan vigentes hasta su revocación por parte del solicitante original, ofreciendo así un período de transición para su eventual sustitución por la nueva modalidad.

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