La Justicia penal investiga la histórica Masacre de José León Suárez como crimen de lesa humanidad

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El histórico caso de los fusilamientos clandestinos de 1956 llegó a los tribunales federales de San Martín para determinar la responsabilidad del Estado en un juicio por la verdad.

La Justicia federal puso en marcha las audiencias del juicio por la verdad para esclarecer y reparar de forma histórica los fusilamientos ocurridos en los basurales de José León Suárez. A siete décadas del acontecimiento que dio origen a la obra de investigación periodística Operación Masacre de Rodolfo Walsh, el Juzgado Federal Criminal y Correccional N° 2 de San Martín evalúa declarar el caso como crimen de lesa humanidad. Las audiencias testimoniales de familiares buscan determinar los alcances de la represión clandestina desplegada por el gobierno de facto de Pedro Eugenio Aramburu.

El proceso se inició ante la magistrada Alicia Vence tras el impulso otorgado por las familias de las víctimas directas y por agrupaciones locales de derechos humanos. Al tratarse de un juicio de carácter reparatorio y debido al prolongado tiempo transcurrido, la acción judicial no persigue penas de prisión efectivas para los ejecutores materiales directos, dado que todos fallecieron en la impunidad. El propósito central radica en obtener un pronunciamiento del Poder Judicial que certifique la culpabilidad del Estado argentino y ordene medidas institucionales de preservación de la memoria histórica.

El quiebre del silencio institucional y el valor del testimonio familiar

El inicio de las declaraciones frente al tribunal federal estuvo marcado por relatos individuales que expusieron las profundas consecuencias sociales sufridas por el entorno de las víctimas. Alicia Rodríguez, hija de Vicente Rodríguez, operario del sector ferroviario ejecutado durante el procedimiento policial, detalló el impacto psicológico y económico familiar inmediato tras enterarse del fallecimiento de su padre a sus diez años de edad.

"Cuando se enteró, mi mamá se puso a llorar. Gritó, gritó y gritó. Ese momento feo lo tengo grabado para toda la vida. Mi niñez fusilada, mi juventud fusilada; espero que esto termine de una vez", manifestó Rodríguez en su alocución ante las autoridades judiciales. Las exposiciones sumaron los testimonios de Berta Carranza, hija de Nicolás Carranza, y de Delia Garibotti, hija de Francisco Garibotti, quienes recordaron las penurias económicas inmediatas sufridas en el tejido social periférico por la imposición del silencio obligatorio por parte de la dictadura.

La causa cuenta con la particularidad técnica de reconstruir los sucesos sin la presencia del único testigo directo superviviente en condiciones de declarar presencialmente. Juan Carlos Livraga, conocido históricamente como el "fusilado que vive" por haber aportado el testimonio clave que permitió la investigación original de Rodolfo Walsh, reside actualmente en el exterior y su relato histórico fue incorporado al expediente principal a través de lecturas de actas previas y material audiovisual certificado por la querella.

Un operativo policial clandestino previo a la vigencia de la ley marcial

Los hechos bajo examen judicial se remontan a la noche del 9 de junio y la madrugada del 10 de junio de 1956, en el marco del levantamiento militar encabezado por los generales Juan José Valle y Raúl Tanco contra el gobierno de facto de la Revolución Libertadora. Un grupo de civiles que se encontraba reunido en una vivienda de la localidad bonaerense de Florida fue arrestado por una patrulla de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, bajo la sospecha de colaborar activamente con el intento de restablecer el orden constitucional derrocado en 1955.

La imputación histórica de la querella radica en que las detenciones se ejecutaron de manera previa a la firma del decreto que impuso la ley marcial en todo el territorio nacional. Los doce prisioneros fueron trasladados inicialmente a una dependencia policial del partido de San Martín y, horas más tarde, conducidos en camiones hacia un sector de basurales despoblados de José León Suárez, donde los oficiales abrieron fuego contra el contingente civil de forma sumaria.

El procedimiento represivo provocó la muerte instantánea de Carlos Lizaso, Nicolás Carranza, Mario Brión, Vicente Rodríguez y Francisco Garibotti. En tanto, los otros siete integrantes del grupo —incluyendo a Livraga, Horacio Di Chiano, Miguel Ángel Giunta y Julio Troxler— lograron arrojarse al suelo o dispersarse en la oscuridad del descampado para salvar sus vidas, sufriendo posteriormente detenciones ilegales prolongadas en diversas unidades penitenciarias de la provincia.

Las ramificaciones administrativas y la herencia del caso en la actualidad

La investigación penal analiza el desempeño del teniente coronel Desiderio Fernández Suárez, quien ejercía la Jefatura de la Policía de la Provincia de Buenos Aires al momento de ordenarse las ejecuciones clandestinas y falleció en el año 2001 sin haber comparecido formalmente ante los tribunales. Los archivos históricos desclasificados que forman parte de la prueba documental revelaron que la propia fuerza sancionó internamente a los oficiales ejecutores a fines de 1956, no por el carácter ilegal del fusilamiento de civiles, sino por la impericia operativa de haber dejado sobrevivientes capaces de relatar el hecho.

El proceso adquirió una fuerte dimensión en los debates de los organismos de derechos humanos debido a las derivaciones institucionales contemporáneas de la causa. La querella técnica, representada por el abogado Alberto Palacios, remarcó que las audiencias coinciden con situaciones de repercusión internacional, como las demoras en la aceptación de las credenciales de Leandro Fernández Suárez, nieto del militar que ordenó la masacre, como diplomático en sedes exteriores de México tras su designación oficial por parte del Poder Ejecutivo Nacional.

El tribunal a cargo de la jueza Vence prevé culminar la etapa de evaluación de documentos e informes de la Secretaría de Derechos Humanos durante el transcurso de los próximos días, dejando el expediente en condiciones de recibir los alegatos finales de las partes involucradas. Los letrados patrocinantes de los familiares confían en que la resolución definitiva replique los estándares de reparación del histórico Juicio por la Verdad de la Masacre de Napalpí dictado en 2022, estableciendo una condena simbólica que declare la responsabilidad institucional permanente del Estado argentino por la violación sistemática de las garantías constitucionales básicas.



De acuerdo con información difundida por: LETRA P

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