Rosario: El Concejo busca regular jardines de infantes privados con nuevas exigencias

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El Concejo busca intensificar el control sobre los jardines de infantes particulares en Rosario

El Concejo Municipal de Rosario se prepara para debatir, tras el receso invernal, un nuevo proyecto de ordenanza que apunta a regular de manera más estricta la habilitación y el funcionamiento de los jardines de infantes y maternales de gestión privada en la ciudad. La iniciativa, impulsada por el edil oficialista Lucas Raspall, busca elevar las exigencias pedagógicas, las condiciones de habilitación de sus responsables y el perfil del personal docente y no docente.

La normativa propuesta abarcará a las instituciones que atienden a niños y niñas desde los 45 días hasta los 4 años, edades previas al inicio de la escolaridad obligatoria. Entre las modificaciones más destacadas, se incluirá la obligatoriedad de presentar certificados de antecedentes penales para los responsables de los centros educativos, así como la realización de exámenes médicos y psicológicos rigurosos para todo el personal.

Actualmente, Rosario cuenta con una doble estructura en lo que respecta a jardines: los de gestión pública y privada bajo la órbita del Ministerio de Educación, y los jardines particulares cuya habilitación y supervisión recaen en la Dirección de Infancias municipal.

La propuesta busca garantizar que las familias puedan elegir libremente un establecimiento que cumpla con condiciones adecuadas para la estadía, el acceso y la permanencia de los niños, asegurando la continuidad de la educación en el nivel inicial. "Cuidar y educar son términos inescindibles, que el sentido de uno y otro marchan inexorablemente juntos y sumando valor", señala la iniciativa de Raspall. El proyecto distingue dos ciclos: desde los 45 días hasta los 2 años, y luego hasta los 4 años.


Nuevas exigencias para la habilitación y proyectos educativos

La ordenanza establecerá condiciones más estrictas para la habilitación de los jardines no incorporados a la enseñanza oficial. Las personas físicas o jurídicas que tramiten el permiso deberán presentar un certificado de antecedentes penales. Una vez otorgada, la vigencia de la habilitación será de 10 años, con una inspección integral intermedia a los cinco años por parte de la Dirección General de Inspección, para verificar el cumplimiento continuo de los requisitos.

Además, cada jardín deberá presentar un proyecto integral educativo, el cual será evaluado por el municipio. Se podrá emitir un certificado aprobatorio provisorio con una vigencia de hasta un año, período durante el cual se realizarán evaluaciones, supervisiones y asesoramientos. Una vez cumplidos los requisitos, se otorgará la aprobación definitiva por 10 años. La institución continuará bajo la supervisión técnico-pedagógica de la Dirección General de Infancias y Familias.


Requisitos de infraestructura y personal calificado

Entre las exigencias para la habilitación, se incluyen verificaciones de instalación eléctrica y de gas por matriculados, informes de Bomberos para prevención de incendios, verificación técnica de juegos infantiles, y certificados trimestrales de desinfección, desinsectación y desratización. También se requerirá una póliza de seguro de responsabilidad civil, cobertura médica permanente y cursos de RCP acreditados para todo el personal docente y auxiliar.

En cuanto a la capacidad, se establece un factor ocupacional mínimo de 1,3 metros cuadrados por alumno en cada sala. La normativa también detalla condiciones para áreas de descanso, lactarios, sectores de higiene y comedores. Una prohibición explícita es la instalación de piletas de recreación.

Respecto al personal, quien ejerza la dirección deberá poseer título de Profesora de Nivel Inicial o Maestra Jardinera, o formación pedagógica equivalente. Para los auxiliares, se exigirá haber cursado hasta el tercer año de estas carreras. El personal docente deberá acreditar la misma formación. La ordenanza prohíbe expresamente la constitución de salas integradas que incluyan a niños lactantes. El personal de higiene, limpieza y manipuladores de alimentos deberá cumplir con requisitos específicos de higiene y seguridad.

Una de las principales novedades es la obligatoriedad de que todo el personal de los jardines de infantes se someta a un examen médico-psicológico, a realizarse en hospitales públicos o privados, para dejar constancia de su salud física y psíquica. Este examen será válido al momento del ingreso laboral o tras una reincorporación por licencia de salud mental. Asimismo, al incorporar docentes, se deberá presentar un certificado de antecedentes penales expedido por la autoridad competente.


Penalidades y sanciones

La normativa contempla sanciones claras para los establecimientos que incumplan las nuevas disposiciones. Un jardín de infantes que funcione sin la habilitación correspondiente será objeto de clausura preventiva hasta que obtenga el permiso. Se dictaminará la clausura definitiva e inhabilitación si el establecimiento opera bajo la dirección de una persona sin título habilitante. La tercera infracción grave podría resultar en el retiro del permiso de habilitación. Todas estas medidas se aplicarán sin perjuicio de denunciar los antecedentes a la justicia penal en caso de que se tenga conocimiento de la comisión de un delito de acción pública.

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