Cambios en Anses: Beneficiarios de la PUAM ya no podrán acceder a la pensión por fallecimiento

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Una decisión del Gobierno encabezado por Javier Milei ha suprimido la opción de percibir pensiones por fallecimiento para un conjunto determinado de beneficiarios, generando debate recientemente.

Dicha normativa se relaciona directamente con la conclusión de la moratoria previsional que gestionaba la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Este mecanismo posibilitaba que numerosos ciudadanos alcanzaran la jubilación aun sin completar los 30 años de contribuciones exigidos por ley.

Como consecuencia de esta modificación, aquellos individuos que elijan la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) como vía alternativa, quedan imposibilitados de solicitar una pensión por viudez ante el deceso de su cónyuge. Este derecho sí se mantiene vigente para los jubilados pertenecientes al régimen previsional general.

La nueva disposición impacta de forma primordial en los adultos mayores que, por no reunir las contribuciones requeridas, perciben la PUAM. Esta prestación representa un monto del 80% del haber jubilatorio mínimo.

En contraposición, aquellos que lograron su jubilación mediante el sistema contributivo estándar mantendrán la facultad de generar una pensión derivada para sus familiares directos. Esto marca una diferencia sustancial entre las condiciones de ambos esquemas previsionales.

Requisitos para la tramitación de la PUAM

Los aspirantes a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) en Argentina deben satisfacer diversas condiciones fijadas por Anses. Se requiere contar con 65 años de edad o más, ser residente permanente del territorio nacional y poder demostrar un mínimo de 10 años de residencia continuada justo antes de iniciar el trámite.

Adicionalmente, el postulante no puede ser beneficiario de otra jubilación, pensión o asignación de tipo contributivo. Tampoco debe encontrarse bajo relación de dependencia laboral formal, si bien se admite que realice actividades como trabajador autónomo o informal.

Se requiere, asimismo, no poseer bienes o registrar ingresos que excedan los topes definidos por la reglamentación actual, asegurando así que la pensión se dirija a individuos en condición de vulnerabilidad económica. La gestión puede efectuarse de modo presencial o por vías digitales, solicitando un turno previamente, y exige la entrega de documentos como el DNI y, eventualmente, certificados que confirmen la residencia.

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