El Gobierno reafirmó que las empresas de telecomunicaciones están obligadas a seguir aportando el 1% de sus ingresos totales al Estado, con el propósito de garantizar la política pública de acceso al Servicio Universal. Esto se mantiene vigente pese a la disolución del Fondo Fiduciario del Servicio Universal, entidad que administraba dichos recursos.
La aclaración fue realizada por el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) a través de la Resolución 3/2025, publicada en el Boletín Oficial. Según este organismo, “a los fines de asegurar la política pública de garantizar el acceso al Servicio Universal, los licenciatarios de servicios TIC deberán continuar realizando el aporte según la forma y mecanismo utilizados hasta el presente”.
Compromiso legal de las empresas TIC
La normativa establece que, aunque el Fondo Fiduciario fue disuelto, las empresas deben seguir cumpliendo con los aportes del 1% de los ingresos netos de impuestos, tal como lo dispone la Ley 27.078. Además, el Decreto 6/2025 reafirma que “la política pública de garantizar el acceso al Servicio Universal permanece vigente y, por ello, la obligación de realizar los aportes de inversión prevista”.
Asimismo, se recordó que los fiduciarios del Fondo tienen la responsabilidad de coordinar la información y ejecutar los actos necesarios para la administración de la disolución y liquidación del mismo.
Respuesta a Telefónica
La resolución también respondió a una presentación de Telefónica, que argumentó que ya no estaba obligada a realizar los aportes ni a asumir intereses por una supuesta mora en caso de no pagar. El interventor del ENACOM, Juan Martin Ozores, dejó claro que “no existen dudas con relación a la vigencia de la obligación de aporte de inversión”. Por su parte, el Ministerio de Economía advirtió que el incumplimiento de los pagos podría generar una situación de mora e intereses.
El principio del Servicio Universal
Según el artículo 18 de la Ley 27.078, el Servicio Universal se define como “el conjunto de Servicios de TIC que deben prestarse a todos los usuarios, asegurando su acceso en condiciones de calidad, asequibilidad y a precios justos y razonables, con independencia de su localización geográfica”. Su finalidad, según el artículo 19, es “posibilitar el acceso de todos los habitantes del país a estos servicios, independientemente de su domicilio, ingreso o capacidades”.
De esta manera, el Estado busca garantizar la equidad en el acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, reforzando su compromiso con la conectividad para todos los ciudadanos.