La Justicia determinó este miércoles que las empresas de micros deberán garantizar el acceso gratuito al transporte de media y larga distancia para las personas con discapacidad, de manera inmediata. La decisión, emitida por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11, se dio luego de que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) presentara una medida cautelar a finales de octubre.
El 25 de octubre, la CNRT había solicitado a la Justicia que ordenara a la Cámara Empresaria de Transporte Interurbano en Jurisdicción Nacional de Pasajeros (CELADI) cumplir con la normativa vigente que protege a las personas con discapacidad. Esto se debió a los reiterados incumplimientos de las empresas del sector en relación a la ley de transporte gratuito para este colectivo.
El fallo de este miércoles insta a las empresas de la CELADI a cumplir de inmediato con las leyes 22.431, 26.928 y 27.674, que establecen el derecho a los pases libres. La CNRT había multado a más de 350 empresas durante octubre por no otorgar los pasajes gratuitos, un incumplimiento relacionado con la desregulación del transporte de media y larga distancia, que permite a las empresas ajustar la oferta según la demanda y elegir rutas, tarifas y horarios sin restricciones.
"El derecho de las personas con discapacidad a viajar de forma gratuita en transporte de media y larga distancia sigue vigente y no fue modificado con la desregulación del transporte automotor," afirmaron desde la CNRT.
En cuanto a la desregulación, el Gobierno promulgó el decreto 883 el 7 de octubre, permitiendo que los transportistas definan libremente recorridos, tarifas y horarios, siempre que los vehículos cumplan con los estándares de seguridad establecidos. El Gobierno aseguró que esta medida beneficiará tanto a los usuarios como a las empresas al generar más competencia y mejores precios.