Ley Ómnibus de Milei Exige Permiso al Ministerio de Seguridad para Reuniones Públicas

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La Ley Ómnibus propuesta por el Presidente Javier Milei ha desencadenado polémica al incluir un requisito insólito para reuniones en espacios públicos que involucren a tres o más personas. Estos son los puntos clave de la controvertida medida:

Multitudinaria marcha de la CGT y movimientos sociales. (Foto: Leandro Heredia / TN)

Requisito de Permiso para Reuniones Públicas:

Notificación Obligatoria: El proyecto establece que los ciudadanos deberán solicitar permiso al Ministerio de Seguridad para realizar reuniones en espacios públicos con una antelación mínima de 48 horas.

Detalles de la Convocatoria: Quienes participen en la reunión deben proporcionar detalles sobre la persona u organización que convoca, incluyendo "nombres y datos personales", la finalidad del encuentro, el recorrido, la duración estimada y la cantidad de participantes.

Control y Potestad del Ministerio de Seguridad:

Certificado de Aprobación: El Ministerio de Seguridad deberá otorgar un certificado de aprobación una vez recibida la notificación. Todos los organizadores deben poseer este certificado durante la realización de la reunión.

Facultades del Ministerio: La cartera de Seguridad tiene la potestad de oponerse a la realización de la reunión, fundamentándose en cuestiones de seguridad, y puede proponer modificaciones al horario, ubicación o fecha.

Manifestaciones Espontáneas y Sanciones:

Notificación en Caso de Espontaneidad: En caso de manifestaciones espontáneas, la notificación debe presentarse "con la mayor antelación posible" y cumplir con los requisitos mencionados.

Sanciones por Incumplimiento: El proyecto contempla sanciones para los organizadores en caso de incumplimiento de la normativa. El Ministerio de Seguridad puede intimar a los organizadores para que se adecuen a lo establecido.

Solidaridad en Responsabilidad:

Responsabilidad Solidaria: Los organizadores serán solidariamente responsables por los daños causados por los manifestantes durante la movilización.

Figura Penal para Organizadores:

Nueva Figura Penal: La ley propone una figura penal para aquellos que dirijan, organicen o coordinen reuniones que afecten la circulación o causen daños, con penas de prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación.

Esta medida ha generado fuertes críticas sobre posibles restricciones a la libertad de reunión y manifestación, siendo parte de una serie de reformas controvertidas propuestas por Milei en la Ley Ómnibus. A medida que se debate en el Congreso, se espera un amplio intercambio de opiniones y reacciones en la sociedad argentina.

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