
El gobernador Alberto Weretilneck promulgó la ley que establece una tasa para las plantas del Comahue, abriendo un nuevo frente de conflicto con el Gobierno nacional por las concesiones.
El gobierno de la provincia de Río Negro oficializó la creación de un canon obligatorio por el uso del agua destinado a las empresas operadoras de las represas hidroeléctricas ubicadas en la región del Comahue. La medida se formalizó mediante la promulgación de la Ley 5.720 por parte del gobernador Alberto Weretilneck, publicada en el Boletín Oficial, lo que consolida una estrategia de fuerte autonomía provincial sobre los recursos naturales y redefine las relaciones económicas con el sector energético nacional.
La normativa sancionada por la Legislatura rionegrina faculta al Departamento Provincial de Aguas (DPA) a fijar, liquidar y percibir este tributo a las firmas concesionarias. El nuevo marco regulatorio alcanza de manera directa a los complejos emplazados sobre los ríos Limay y Neuquén, cuyas concesiones originales otorgadas durante la década de 1990 se encuentran vencidas y operan bajo prórrogas precarias dictadas por la Secretaría de Energía de la Nación.
El dictado de esta ley se produce en un contexto de marcada tensión entre las administraciones patagónicas y el Poder Ejecutivo central respecto de la soberanía y el control operativo de las plantas generadoras de electricidad. La decisión de Río Negro busca adelantarse a cualquier intento de privatización o relicitación unilateral de los complejos por parte del Gobierno nacional, imponiendo condiciones económicas locales previas basadas en los preceptos constitucionales vigentes.
El alcance del nuevo tributo y las facultades de control del agua
La Ley 5.720 dictamina que las empresas titulares de las concesiones de generación hidroeléctrica deberán abonar de forma mensual una tasa retributiva por el uso del agua pública con fines energéticos. El Departamento Provincial de Aguas será la autoridad encargada de determinar la fórmula técnica para el cálculo del canon, la cual tomará como variable fundamental el volumen de agua turbinado por cada central y el valor de la energía comercializada en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
"La provincia ejerce de esta manera el derecho inalienable sobre sus recursos naturales, tal como lo establece la reforma constitucional de 1994", señalaron fuentes del gabinete económico rionegrino tras la publicación de la norma. Los equipos técnicos provinciales avanzan en el diseño de los decretos reglamentarios que establecerán los plazos de vencimiento y las sanciones punitivas en caso de incumplimiento por parte de las operadoras.
La legislación rionegrina prevé que lo recaudado mediante este gravamen se destinará a la constitución de un fondo especial para el financiamiento de obras de infraestructura hídrica, saneamiento urbano y mitigación del cambio climático en los municipios de la provincia. Esta afectación específica busca blindar los recursos frente a las urgencias de la caja corriente del sector público y garantizar un retorno directo hacia las comunidades afectadas por el impacto ambiental de los embalses.
El trasfondo del vencimiento de las concesiones en el Comahue
El conflicto de fondo reconoce un punto de inflexión estructural a partir del vencimiento de los contratos de concesión de las represas de la cuenca del Comahue, los cuales comenzaron a caducar de manera escalonada a partir del segundo semestre del año pasado. Centrales de gran envergadura como El Chocón, Piedra del Águila, Alicurá y Planicie Banderita operan actualmente bajo la figura de prórrogas temporales administradas por el Estado nacional a través de la firma Energía Argentina Sociedad Anónima (ENARSA).
Las provincias de Río Negro y Neuquén mantuvieron históricamente un reclamo unificado para conformar una empresa bipartita de carácter público que asuma la gestión directa de los complejos hidroeléctricos. No obstante, la orientación desreguladora expresada por la actual conducción de la Casa Rosada reactivó los proyectos para transferir la totalidad de los activos nuevamente al sector privado mediante subastas internacionales, excluyendo a los distritos subnacionales del proceso de toma de decisiones estratégicas.
La sanción de la ley rionegrina opera como un mecanismo de resguardo jurídico y financiero frente a este escenario de licitación centralizada. Al establecer un canon provincial por el uso del insumo primario, Río Negro condiciona los márgenes de rentabilidad de las futuras adjudicatarias, obligando a los potenciales oferentes privados a computar este costo fiscal local dentro de sus planes de negocios y ofertas económicas en las compulsas nacionales.
La posición unificada con Neuquén ante el federalismo energético
La estrategia desplegada por Alberto Weretilneck se coordina de forma estrecha con los lineamientos políticos trazados por su homólogo de la provincia del Neuquén, Rolando Figueroa. Ambas jurisdicciones comparten la propiedad de los lechos de los ríos que alimentan el sistema interconectado nacional y sostienen que la energía hidroeléctrica producida en la Patagonia debe traducirse en un beneficio concreto para el desarrollo industrial de la región emisora.
"No vamos a aceptar que se definan las tarifas y el destino de nuestros ríos desde un despacho en Buenos Aires sin la participación activa de quienes somos los dueños legítimos del recurso", explicaron voceros parlamentarios de la Patagonia al fundamentar la urgencia del debate legislativo. Las fiscalías de Estado de ambas provincias no descartan recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación en caso de que los decretos nacionales intenten avasallar las normativas de control ambiental y tributario locales.
El bloque de gobernadores de la Patagonia consolidó una postura de resistencia frente al recorte de transferencias discrecionales y la quita de subsidios al transporte y la energía instrumentados por la Nación. En este sentido, la promulgación de la ley de canon hídrico en Río Negro funciona como un antecedente normativo de relevancia que podría ser replicado a la brevedad por la Legislatura de Neuquén, unificando la presión fiscal sobre las operadoras del sector energético.
Impacto económico en el mercado eléctrico y posibles litigios judiciales
La instrumentación del canon por el uso del agua plantea serios interrogantes respecto de su traslado final a los precios de la energía que consumen los usuarios residenciales e industriales de todo el país. Al ser la generación hidroeléctrica uno de los componentes más económicos de la matriz energética nacional, cualquier incremento en sus costos operativos fijos impactará en los precios estacionales que administra la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA).
Las cámaras empresariales que nuclean a las compañías generadoras expresaron su preocupación ante lo que consideran una superposición tributaria que atenta contra la seguridad jurídica de los contratos vigentes. Abogados corporativos del sector evalúan la presentación de recursos de amparo ante la justicia federal para frenar la aplicación de la Ley 5.720, argumentando que la regulación de la actividad eléctrica interjurisdiccional es competencia exclusiva de los organismos nacionales de control.
El desenlace de esta controversia legal y administrativa dictará las pautas del federalismo económico en los próximos años, en una Argentina donde la disputa por la renta de los recursos naturales de exportación y generación —incluyendo los hidrocarburos de Vaca Muerta y el litio del Norte— redefine de manera constante el equilibrio de poder entre las provincias y la administración central.
De acuerdo con información difundida por: LETRA P

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