Ganancias Vuelve a la Docencia: Retenciones de Salarios para 2.800 Maestros de Santa Fe

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Una decisión de la Justicia Federal revirtió la suspensión que regía sobre las retenciones del Impuesto a las Ganancias para los docentes de la provincia de Santa Fe. La medida, que surge de una resolución de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, afecta a aproximadamente 2.800 trabajadores de la educación con sueldos que superan el mínimo imponible.

La Dirección Regional Santa Fe de la DGI–ARCA comunicó que la Nación volverá a aplicar las retenciones tras la resolución judicial. La medida cautelar que mantenía la suspensión del tributo fue revocada, restableciendo la obligación de pago para el personal alcanzado.

La Revocación Judicial y el Impacto en los Sueldos

La Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal fue la encargada de revocar la medida cautelar que había sido dictada en agosto de 2024. Dicha cautelar, emitida por la Justicia Nacional Laboral, había ordenado suspender las retenciones para todos los afiliados a la Confederación de Trabajadores de la Educación (CTERA).

La Cámara argumentó que la parte actora, CTERA, "carecía de legitimación activa" para presentar el recurso. Con este fallo, se reanuda la aplicación del Impuesto a las Ganancias a partir de los haberes correspondientes al mes de noviembre de 2025, que serán cobrados por los docentes en diciembre.

La resolución impacta en aquellos docentes con salarios brutos que superen los 3 millones de pesos, según precisó el comunicado de la DGI–ARCA.

El Trámite Clave para los Docentes Alcanzados

Ante la reanudación de las retenciones, el Gobierno provincial recordó a los agentes la necesidad de actualizar su situación fiscal. Los docentes alcanzados deberán presentar o modificar el formulario F.572 Web.

Para realizar el trámite, que permite declarar cargas de familia, otros ingresos o gastos deducibles, deben acceder con clave fiscal al servicio Siradig – Trabajador. Este paso es crucial para que los cálculos del impuesto sean correctos.

El plazo límite para incorporar la información correspondiente al período enero-noviembre de 2025 y que sea considerada en la liquidación del presente mes es hasta el domingo 16 de noviembre inclusive. Una tarea administrativa urgente que se suma a la noticia del golpe al bolsillo.

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