Los micros de larga distancia dejan de controlar la documentación de menores

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La Dirección Nacional de Migraciones implementó una importante modificación en los trámites requeridos para que los menores viajen en micros y colectivos de larga distancia. A través de la Disposición 166/202, publicada el 28 de enero en el Boletín Oficial, se eliminó la necesidad de presentar documentación adicional, como el DNI y el permiso para salir del país, según informó Tiempo Argentino.

El objetivo de esta medida es "simplificar el acceso del pasajero a las terminales de embarque, brindando mayor celeridad y eficiencia en los procesos", destacaron desde el organismo.

Con esta disposición, las empresas de transporte quedan exentas de verificar documentos como el Comprobante de Residencia Precaria, Temporaria o Permanente y el Comprobante de Permanencia Autorizada TES/TUM/Comprobante Electrónico.

En cuanto a los menores, ya no será necesario presentar la "Autorización de Viaje Emitida por Funcionario Competente", ni el "Instrumento Público que acreditare el vínculo", la "Resolución Judicial acreditada mediante testimonio o certificado debidamente legalizado", ni cualquier otro documento que transcriba dicha resolución y le otorgue validez legal.

No obstante, el control de la documentación seguirá realizándose en los puntos migratorios, donde los funcionarios responsables continuarán con las verificaciones correspondientes.

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