Las cámaras de Diputados y Senadores de Santa Fe aprobaron de manera definitiva la adhesión a la "Ley Olimpia", que tipifica como delito la difusión de contenido íntimo sin consentimiento. La normativa considera esta práctica como "violencia digital" y la incorpora en la Ley N.º 26.485 de Protección Integral de las Mujeres.
El proyecto fue inicialmente aprobado en la Cámara de Diputados con amplio respaldo, aunque siete legisladores "celestes" se opusieron. Posteriormente, el Senado lo sancionó por unanimidad, según confirmaron fuentes parlamentarias.
El diputado Ariel Bermúdez, representante del partido Creo, celebró la aprobación y calificó la Ley Olimpia como "un avance crucial en la lucha contra la violencia digital y la defensa de la intimidad de nuestras mujeres". Destacó que la norma no solo reconoce la violencia digital como delito, sino que también establece un marco legal para proteger a las víctimas.
Durante su intervención, Bermúdez afirmó: "Más allá de este marco regulatorio que incorporamos, es también responsabilidad de nosotros como hombres aportar desde nuestro lugar frenando este tipo de prácticas que son cotidianas". Asimismo, subrayó que "el Estado santafesino contará con herramientas fundamentales para tratar este tipo de casos".
Contenidos incluidos en la normativa
La Ley Olimpia sanciona diversas formas de difusión no consensuada de contenido íntimo:
- "Difusión digital de imágenes o videos sin el consentimiento de la persona afectada", considerada una violación de la intimidad sexual.
- Grabaciones no consentidas durante relaciones sexuales, categorizadas como violencia sexual.
- Extorsión mediante la amenaza de divulgar material íntimo obtenido, por ejemplo, tras el robo de dispositivos electrónicos.
Adicionalmente, la normativa contempla la capacitación de funcionarios estatales sobre la protección integral de las mujeres, garantizando un manejo sensible y adecuado de los casos relacionados.
El origen de la Ley Olimpia
La Ley Olimpia debe su nombre a la activista mexicana Olimpia Coral Melo, quien a los 18 años fue víctima de la viralización de un video íntimo sin su consentimiento. Esta experiencia la llevó a impulsar reformas en México que reconocieran la violencia digital como un delito y sancionaran la violación de la intimidad sexual a través de medios digitales.
El primer paso fue un proyecto presentado en 2014 en el estado de Puebla, México, que logró reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal. Actualmente, la legislación se ha aprobado en más de veinte estados mexicanos y a nivel federal, sirviendo de inspiración para otros países de América Latina, como Argentina.