La Justicia confirma: Alberto Fernández debe entregar el 30% de su jubilación de privilegio a Fabiola Yañez

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 La Justicia ratificó que Alberto Fernández debe darle el 30% de su jubilación de privilegio a Fabiola Yañez. (Foto: EFE / Enrique Garcia Medina)

La Justicia ratificó que "Alberto Fernández debe otorgar el 30% de su jubilación de privilegio a Fabiola Yañez" para cubrir los gastos alimentarios de su hijo Francisco. Este importe deberá ser retenido mensualmente y depositado en una cuenta judicial dentro de los tres días posteriores a cada liquidación. La decisión se mantendrá como medida provisional mientras se resuelve el juicio de alimentos iniciado por Yañez.

El expresidente había solicitado que el porcentaje no superara el 20%, pero la Cámara Civil insistió en una resolución previa de septiembre. A partir del fallo, Yañez recibiría alrededor de 3 millones de pesos, considerando los $10.000.630 netos que Fernández cobró en septiembre de 2024 por su jubilación de privilegio. Este monto permitiría a la ex primera dama cubrir el alquiler, las expensas, la cuota del jardín de su hijo y el transporte.

Anteriormente, "Fabiola Yañez denunció que Fernández no abonó la cuota alimentaria durante dos meses", lo que la llevó a solicitar el embargo total de sus haberes jubilatorios. Las mediaciones judiciales entre ambas partes no lograron un acuerdo: mientras Yañez exige un monto mensual, cobertura de prepaga, escolaridad y dinero para el alquiler en Madrid, Fernández solicita el regreso de Yañez a la Argentina para compartir la tenencia de Francisco. Esta propuesta incluye garantizarle un alquiler en el país.

El conflicto se agrava por el vencimiento próximo de la visa de Yañez en España, donde reside actualmente con su hijo. Mientras tanto, su abogada, Mariana Gallego, inició una mediación extrajudicial para negociar los alimentos, logrando que la justicia embargue 3,8 millones de pesos de la pensión de privilegio del expresidente, que supera los 14 millones de pesos.

En su resolución, el juez remarcó que el concepto de "necesidad" debe interpretarse según el "nivel de vida de la familia", y sostuvo que la documentación presentada justifica el porcentaje fijado de manera provisional.

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