Este martes, el Ministerio de Seguridad de la Nación implementó el nuevo Protocolo de Actuación Antibloqueos, una medida diseñada para intervenir en casos de piquetes y protestas que afecten el funcionamiento de establecimientos productivos o de servicios en Argentina.
A través de la Resolución 901/2024, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, señaló que el objetivo del protocolo es “garantizar el normal desarrollo de las actividades económicas que se vean afectadas por bloqueos o maniobras que obstaculicen su funcionamiento”.
El texto subraya la coexistencia de dos derechos fundamentales establecidos en la Constitución Nacional. Por un lado, el artículo 14 bis que consagra el derecho a huelga, y por otro, el artículo 14, que protege el derecho al trabajo y a ejercer toda industria lícita, así como el derecho a la propiedad.
Definición de bloqueos y denuncias
Según el protocolo, se considera bloqueo a “las maniobras, dispositivos, vallados u obstáculos de cualquier tipo que impidan o dificulten el ingreso o egreso de personas, vehículos o mercaderías en un establecimiento productivo o de servicios”. Estas acciones, que pueden ser actuales o inminentes, estarán sujetas a intervención si ocurren en cualquier parte del territorio nacional.
El Ministerio de Seguridad habilitó canales para la denuncia de bloqueos, que incluyen el número telefónico 134, un contacto de WhatsApp (11) 3852-4561 y un correo electrónico: bloqueos@minseg.gob.ar. Una vez recibida la denuncia, se movilizarán las fuerzas federales más cercanas para “restablecer el orden y permitir el normal flujo de personas, vehículos y mercaderías” en el lugar afectado.
Además, los gobiernos provinciales podrán solicitar la asistencia de las fuerzas federales si se ven superados por la situación.
Recolección de pruebas y consecuencias legales
El protocolo también contempla que las fuerzas de seguridad recolectarán pruebas para identificar a los responsables y participantes de los bloqueos, con el fin de remitir dicha información a los juzgados penales correspondientes y al Ministerio Público Fiscal.
Esta información también será enviada al Ministerio de Trabajo y a las personas afectadas, permitiendo que los empleadores puedan hacer uso del artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley N° 20.744), que establece las condiciones en las que un empleador puede suspender a un trabajador por causas que afecten la relación laboral, lo que podría derivar en consideraciones de despido.
La implementación de este protocolo refuerza la estrategia del gobierno nacional de Patricia Bullrich para combatir las manifestaciones que impliquen bloqueos en espacios claves del país, mientras mantiene la vigilancia sobre el respeto a los derechos constitucionales tanto de los trabajadores como de los empresarios y ciudadanos.