En una medida que busca avanzar en la reorganización de la administración centralizada y descentralizada, el Gobierno ha publicado el primer tramo de la Ley Bases mediante el decreto 695. Esta reglamentación, publicada en el Boletín Oficial, lleva las firmas del presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete de Ministros Guillermo Francos, y los ministros de Economía, Luis Caputo, y de Desregulación, Federico Sturzenegger.
El decreto aborda cuatro aspectos principales: reorganización administrativa, privatizaciones, silencio administrativo y ajustes normativos. En cuanto a la reorganización administrativa, se establece que el Poder Ejecutivo tiene la capacidad de reorganizar, transformar o liquidar fondos fiduciarios públicos, siguiendo los lineamientos de la Ley N° 27.742.
Respecto a las privatizaciones, se estipula que deben seguirse procedimientos específicos para privatizar empresas estatales, los cuales incluyen la presentación de informes detallados y la publicación de convocatorias para la presentación de ofertas.
El documento también introduce la figura del silencio administrativo con efecto positivo, la cual será aplicada en procedimientos administrativos relacionados con el otorgamiento de autorizaciones. Este mecanismo comenzará a regir según las fechas establecidas en el cronograma de implementación, y aplicará a procedimientos iniciados posteriormente. Las reparticiones de la Administración Pública centralizada y descentralizada deberán identificar y mantener actualizados los procedimientos administrativos que se vean afectados por esta medida.
Cabe destacar que los procedimientos administrativos regulados por normas especiales que ya contemplan el silencio con efecto positivo continuarán siendo regidos por sus respectivas disposiciones.
Finalmente, se establece que la jefatura de Gabinete de Ministros deberá elevar al Poder Ejecutivo Nacional, con informes previos de las áreas competentes, los casos específicos en los que no se aplicará el silencio con efecto positivo según lo estipulado en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549. Además, la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar la implementación de esta normativa a través de plataformas digitales, conforme lo expuesto en el artículo 3°.