El Gobierno Nacional ha reglamentado hoy la subida de la alícuota del impuesto al cigarrillo, la cual se eleva del 70% al 73% del precio de venta al consumidor. A través del decreto 658, firmado por el presidente Javier Milei, el ministro de Economía, Luis Caputo, y la canciller Diana Mondino, se ha establecido cómo se calculará este aumento que generó fuertes controversias en la Cámara de Diputados al ser incorporado a la ley de Bases.
En la norma también se reglamentan otras medidas de transparencia fiscal incluidas en la Ley Bases. La decisión de incorporar el tema del tabaco a la ley de Bases se aprobó con 82 votos a favor, 77 en contra y la abstención de 69 legisladores de Unión por la Patria y la izquierda, quienes sostuvieron que se trata de una “puja entre grandes empresarios”.
El Gobierno sostiene que es necesario “dotar de ciertas pautas al mecanismo de actualización” dispuesto en el décimo párrafo del artículo sin número incorporado a continuación del artículo 28 de la misma ley, en atención a la fecha allí consignada.
Se ha fijado que cuando el precio de venta informado por las empresas tabacaleras no constituya una base idónea para determinar el valor imponible, por ser inferior en al menos un 20% al precio que surja del relevamiento de la AFIP, corresponderá utilizar el precio que ese organismo determine, excepto cuando las empresas “acrediten fehacientemente que es un precio del mercado”.
Además, se establece que la AFIP actualizará los importes en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, considerando la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). También fija que cuando las facturas o documentos no expresen el valor normal de plaza, la AFIP podrá “estimarlos de oficio” tratándose de artículos gravados al precio de venta al consumidor. Otro punto es que cuando no se hayan presentado declaraciones o resulten impugnables, la AFIP procederá a determinar de oficio la liquidación del gravamen.
Señala que el organismo fiscal podrá efectuar la determinación calculando las ventas realizadas por el contribuyente en función de cualquier índice que pueda obtener. La semana pasada, la AFIP ya había informado un nuevo aplicativo para el pago del impuesto al tabaco, de acuerdo al aumento dispuesto en la Ley Bases que elevó la alícuota del 70% al 73% sobre el precio de venta al consumidor.
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