"El impuesto inmobiliario y las patentes tendrán un aumento significativo."
El impuesto inmobiliario y la patente única de vehículos en Santa Fe sufrirán aumentos sustanciales. Las cuotas 4, 5 y 6 del impuesto inmobiliario urbano y las cuotas 3, 4 y 5 de patentes subirán un 112,8%, mientras que el inmobiliario rural tendrá un incremento del 131,6%. Estos aumentos se calculan sobre el valor de la cuota anterior.
Desde el Ministerio de Economía de la provincia señalaron que el aumento estaba "taxativamente previsto en los artículos 1, 2 y 37 de la Ley Tributaria 2024". Los contribuyentes que estaban al día a finales de 2023 no pagarán la cuota 6, por lo tanto, solo tendrán dos cuotas con aumento este semestre. Además, aquellos que efectuaron el pago total del año en febrero no deben pagar este incremento del segundo semestre.
"Entre 2021 y 2024, la inflación acumulada fue del 1.178%."
A pesar de que actualmente los bolsillos no aguantan las constantes subas de precios y servicios, desde el gobierno provincial resaltaron que entre 2021 y 2024 la inflación acumulada fue del 1.178%, mientras que el impuesto inmobiliario habrá aumentado menos del 480% y la patente automotor un 605%.
Las administraciones municipales y comunales se benefician con la implementación de los nuevos valores, ya que el 60% del impuesto inmobiliario se destina a la administración donde está radicado el inmueble, porcentaje que sube al 90% en el caso de la patente.
"El incremento del Impuesto Inmobiliario Rural se realizará de acuerdo a las disposiciones del artículo 1º de la Ley 14.244."
El decreto establece que el aumento del Impuesto Inmobiliario Rural se realizará siguiendo las disposiciones del artículo 1º de la Ley 14.244, aplicándose el Índice de Productos Agropecuarios correspondiente al Índice de Precios Internos al por Mayor (IPM) del Sistema de Índice de Precios Mayoristas (SIPM) que publica el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), el cual asciende a un 131,58%.
Se aclara en el decreto que esta suba no será aplicable para partidas y dominios por los cuales se realizó el pago total anual 2024, beneficio previsto en el primer párrafo del artículo 48 de la Ley Tributaria.