Fácil para evadir impuestos y justicia. La exteriorización extingue cualquier acción civil y por delitos tributarios, cambiarios y aduaneros. También, las acciones penales. Y los blanqueadores quedarán inmunes a las presunciones de incremento patrimonial no justificado
17 de julio de 2024 - 10:03
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó este miércoles el procedimiento para adherir al Régimen de Regularización de Activos, permitiendo a los residentes y no residentes regularizar activos sin límite de monto y sin costo alguno.
Detalles del Régimen
La medida está contemplada en la Ley 27.743, conocida como "Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes". La Resolución General 5528 publicada en el Boletín Oficial establece que el dinero negro ingresado en el sistema financiero deberá mantenerse hasta el 31 de diciembre de 2025 o invertirse en colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía.
Además, quienes regularicen bienes o tenencias por hasta 100,000 dólares estarán exentos del pago de impuestos. La normativa también facilita la adhesión de personas que perdieron su residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023, permitiéndoles recuperar su residencia a partir del 1 de enero de 2024.
Etapas del Régimen con Alícuotas Decrecientes
El régimen establece tres etapas con alícuotas decrecientes:
- Hasta el 30 de septiembre de 2024: 5%
- Hasta el 31 de diciembre de 2024: 10%
- Hasta el 31 de marzo de 2025: 15%
Los bienes a blanquear deben estar en posesión del contribuyente al 31 de diciembre de 2023 y acreditarse en la declaración jurada correspondiente.
Restricciones Futuras
La ley establece que quienes adhieran al blanqueo no podrán inscribirse en otros regímenes similares hasta el 31 de diciembre de 2038. El dinero en efectivo debe ser depositado en una cuenta especial de Regularización de Activos antes del 30 de septiembre de 2024 para evitar el pago de impuestos.
Beneficios del Régimen
Liberación de Acciones Civiles y Penales:
- Los participantes quedan exentos de cualquier acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas.
- Se extingue la acción penal, excepto las iniciadas por particulares perjudicados.
Inmunidad a Presunciones de Incremento Patrimonial:
- No se aplicarán las presunciones del incremento patrimonial no justificado.
Beneficios para Contribuyentes Cumplidores:
- Reducción del 0,5% de la alícuota del impuesto sobre los bienes personales para los períodos 2023, 2024 y 2025 para aquellos contribuyentes que hayan cumplido con sus declaraciones y pagos en 2020, 2021 y 2022.
Objetivos de Recaudación
El Gobierno proyecta que el blanqueo de capitales incluído en el paquete fiscal de la Ley Bases aporte una recaudación de 0,3% del PBI, equivalente a casi 2,000 millones de dólares según estimaciones oficiales. El esquema de tasas progresivas de 5%, 10% y 15% está diseñado para incentivar un ingreso temprano, siendo más barato formalizar activos cuanto antes se adhieran los contribuyentes.
Este régimen de regularización de activos ofrece una oportunidad única para blanquear dinero y activos sin enfrentar consecuencias legales, lo que ha suscitado críticas por la facilidad con la que permite evadir responsabilidades fiscales y judiciales.
El Gobierno reglamentó el blanqueo de capitales y los cambios en Bienes Personales: todos los detalles
Junto al presidente Javier Milei, el ministro de Economía, Luis Caputo, y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos firmaron el decreto que reglamenta parte de la reforma fiscal. (Foto: Jefatura de Gabinete)
Tras la promulgación de la reforma fiscal, el Gobierno reglamentó una parte de la ley 27.743 mediante el decreto 608, publicado este viernes en el Boletín Oficial. Esta normativa abarca los cambios en Bienes Personales, el blanqueo de capitales y la moratoria para regularizar deudas. Aún no se ha dispuesto la reglamentación del Impuesto a las Ganancias ni del Monotributo.
El decreto 608 establece la creación de un Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social, la implementación de un Régimen de Regularización de Activos del país y del exterior y de un Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP). También contempla las modificaciones sobre los Bienes Personales.
En los considerandos del decreto firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo, se indica: “En virtud de los cambios legislativos operados, resulta necesario adecuar la reglamentación de ciertas normas que han sido modificadas, así como también brindar precisiones sobre las medidas instauradas, a efectos de lograr una correcta aplicación de las nuevas disposiciones”.
Cambios en los Bienes Personales: qué dice la reglamentación de la ley fiscal
Luego de la promulgación de la ley 27.743, conocida como reforma fiscal, el Gobierno reglamentó los cambios en el Impuesto sobre los Bienes Personales. Mediante el decreto 608, se estableció un nuevo mínimo no imponible de Bienes Personales de $100 millones. Sin embargo, en el caso de la vivienda única y familiar (o casa habitación), esa suma aumenta hasta los $350 millones.
Se dispuso la creación del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP), un esquema voluntario de pago anticipado. Así, se podrá pagar el tributo con antelación para los períodos 2024-2027, con una alícuota de 0,45% anual. Los contribuyentes que utilicen este régimen tendrán estabilidad fiscal hasta 2038. Además, quienes adhieran al blanqueo de capitales podrán aplicar al REIBP, con una alícuota unificada del 0,6%.
Por su parte, las alícuotas a pagar serán iguales para los bienes radicados en Argentina o en el exterior. Para el período fiscal 2023 no habrá cambios, ya que permanecen entre 0,5% y 1,5%. Mientras que entre 2024 y 2026 regirán solo dos alícuotas, de entre 1,25% y 1,5%, y desde 2027, una tasa única de 0,25%.
Además, se establece como beneficio para contribuyentes que hayan cumplido entre 2020 y 2022 una reducción de 0,25 puntos porcentuales en la alícuota para los períodos fiscales desde 2023 hasta 2026 inclusive.
Blanqueo de capitales: qué incluye y hasta cuándo rige
A través de la reglamentación de la ley 27.743, se dispuso la creación del Régimen de Regularización de Activos del país y del exterior, “al que podrán adherir los sujetos residentes fiscales en el país al 31 de diciembre de 2023 y las personas humanas no residentes que hubieran sido residentes fiscales en el país antes de esa fecha”.
Se podrán blanquear hasta US$100.000 no declarados sin pagar multas. Los montos mayores también podrán acceder al beneficio, pero deberán ingresar el dinero al sistema financiero antes del 31 de diciembre de 2025. También podrán beneficiarse quienes destinen el dinero a inversiones que determinará el Ministerio de Economía.
Los montos que superen los US$100.000 y no ingresen el dinero antes del 31 de diciembre, pagarán alícuotas progresivas del 5%, 10% y 15%, dependiendo del momento en que se adhieran al régimen.
En el caso de los bienes dentro de Argentina, se podrán blanquear dinero en efectivo (pesos o dólares), inmuebles, acciones, cuotas y participación en sociedades, derechos de beneficiarios de fideicomisos o cuotapartes de fondos comunes de inversión, títulos, valores, acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos, entre otros, que coticen en bolsas o mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores, créditos, derechos y bienes intangibles.
Para bienes en el exterior, se podrán declarar dinero en efectivo o depositado en cuentas bancarias, inmuebles, acciones, cuotas y derecho de participación en sociedades, corporaciones, entes o vehículos y los derechos de beneficiarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios, títulos, valores, acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos, entre otros, que coticen en bolsas o mercados del exterior, bienes muebles ubicados fuera de Argentina, créditos, derechos y otros bienes.
No podrán ingresar personas no residentes en Argentina ni se podrán incorporar bienes a nombres de terceros. No podrán acceder quienes hayan ejercido cargos públicos en los últimos diez años, ni sus cónyuges, padres, hijos o hermanos. Tampoco podrán acceder los principales contratistas del Estado. Además, no se podrán blanquear criptomonedas.
Quienes participen de este blanqueo no podrán inscribirse a blanqueos similares hasta el 31 de diciembre de 2038.
Moratoria: qué es el régimen de regulación de obligaciones tributarias
El decreto 608 también establece la creación del Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social, con distintos beneficios dependiendo del tipo de deuda a regularizar y el medio de pago elegido.
Con esta moratoria se podrán regularizar deudas vencidas al 31 de marzo de 2024, en hasta 60 cuotas y con una tasa de interés de financiación fijada por el Banco Nación por trimestre hasta el 31 de diciembre de 2025. Luego, se actualizará de forma semestral. El plazo para adherirse es de 150 días. Además, los honorarios de los asesores fiscales se reducen en un 50% para las deudas que se encuentren en proceso de discusión.
A su vez, los contribuyentes que se adhieran al régimen no podrán reponer beneficios fiscales que hayan perdido.