La Justicia falla a favor de pequeños productores de yerba en su lucha contra la derogación de la ley del Instituto Nacional de la Yerba Mate impulsada por el gobierno de Javier Milei.

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En un nuevo revés para el amplio Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del gobierno encabezado por Javier Milei, la Justicia de Misiones ha suspendido un artículo clave que buscaba derogar disposiciones de la ley que estableció el Instituto Nacional de la Yerba Mate.

Este DNU, que propone la derogación de los artículos 164, 165, 166, 167 y 168 de la ley 25.564, creada en 2002, concede al Instituto la autoridad para regular, entre otros aspectos, los precios de la yerba. Con esta medida, Milei pretendía eliminar la capacidad del organismo para fijar precios de la materia prima.

La jueza Adriana Fiori dictaminó una medida cautelar a favor de un grupo de productores descontentos con el decreto, argumentando que la petición incluía un llamado a la protección del derecho a la salud de un grupo vulnerable de la población.

Anteriormente, la Justicia Federal se había declarado incompetente para abordar la desregulación en la industria yerbatera tras un planteo del gobierno de Misiones. El juez Alejandro Gallandat sugirió que la Corte Suprema debería decidir sobre la constitucionalidad del DNU, evitando pronunciarse sobre la medida cautelar.

Cabe destacar que el DNU también afectó la ley de Envasado en Origen, que requería que cualquier empresa yerbatera se estableciera en Misiones o Corrientes si producía yerba tradicional, mientras que las yerbas compuestas podían ubicarse en otras jurisdicciones.

El Instituto Nacional de la Yerba Mate fue creado en 2001 como respuesta a las protestas de los colonos que recibían menos de 7 centavos de dólar por kilo de hoja verde. Sin embargo, el DNU de Milei eliminó las facultades para fijar el precio oficial de la hoja verde y la yerba canchada dos veces al año, además de retirar al organismo su poder de policía.

En sus argumentos, la jueza Fiori subrayó la vulnerabilidad de los pequeños productores y sus familias, beneficiarios del convenio, y resaltó la importancia de garantizar su derecho a la salud integral, haciendo hincapié en la excepción prevista en la ley 26.854 para resolver la medida cautelar sin demoras adicionales.

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