Usuarios de tarjetas de crédito alertados ante cambios en tasas e intereses: "Evitar pagar el mínimo"

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La reciente implementación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Javier Milei ha generado cambios significativos en las condiciones de las tarjetas de crédito, especialmente en lo que respecta a las tasas de interés y los límites de punitorios.



Ante estas modificaciones, la Oficina Municipal del Consumidor emitió recomendaciones esenciales para los usuarios.

Una de las modificaciones más destacadas es la eliminación del tope para el interés punitorio por demoras de pago, lo que implica que quienes se retracen en abonar el resumen o paguen el mínimo estarán sujetos a significativos intereses, sin el límite máximo del 50% que regía anteriormente.

Por otro lado, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) oficializó la nueva tasa de interés que las empresas aplicarán a las operaciones con tarjetas de crédito de entidades no financieras para aquellos que paguen el mínimo o tengan deudas para refinanciar. A partir de enero de 2024, esta tasa será del 140,86%.

En relación con las tarjetas virtuales, se establece que tendrán el mismo alcance que las tarjetas físicas, y cualquier entidad dentro de su objeto social puede emitir tarjetas de crédito o facilitar el pago.

La derogación de ciertos artículos de la ley de tarjetas de crédito permite a las empresas cobrar un cargo fijo por el retraso en el pago, algo que estaba prohibido anteriormente. Ante esta situación, la titular de la Oficina Municipal del Consumidor, Solange Bobbett, aconseja a los usuarios no pagar el mínimo para evitar montos elevados en el resumen de cuenta.

Además, la funcionaria ofrece recomendaciones sobre promociones de descuentos con tarjetas, instando a los usuarios a leer detenidamente los detalles, especialmente en lo que respecta a días de promoción y topes de reintegros, advirtiendo sobre posibles prácticas engañosas.

Ante dudas o consultas, los usuarios y consumidores pueden contactarse con el Área Financiera de la Oficina Municipal del Consumidor a través del correo areafinanciera@concejorosario.gov.ar o visitar la sede ubicada en Córdoba 852, de lunes a viernes, de 8:30 a 16 horas.

El Banco Central establece nueva tasa de interés para tarjetas de crédito, promediando 140,86 porciento mensual en enero


El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció oficialmente la tasa de interés aplicable a las operaciones con tarjeta de crédito realizadas en enero de 2024. 


Según la Comunicación B, publicada en el Boletín Oficial, la tasa se fijó en un 140,86% promedio mensual ponderado por monto y medida en porcentaje nominal anual, en línea con las valoraciones de diciembre de 2023.

La tasa se aplica a aquellos clientes que no abonen el pago mínimo indicado en el resumen mensual y se calculará sobre el importe no cancelado exigible. Además, no podrá capitalizarse y se aplicará sobre saldos financiados entre las fechas de vencimiento en las que surja el monto adeudado.

La normativa establece que la tasa no puede superar en más del 25% el guarismo promedio del sistema financiero para las operaciones de préstamos personales sin garantía real, según lo indicado en la Comunicación A 7937 del BCRA.

Los usuarios tienen varias opciones para abonar los saldos de las tarjetas de crédito, como el pago mínimo para evitar problemas legales y el bloqueo del plástico, el pago parcial que no cancela la totalidad del resumen y genera intereses, y el pago total que abarca el monto total del resumen, incluyendo intereses y gastos administrativos del banco.

 Cambios en Tarjetas de Crédito: DNU de Javier Milei Elimina Topes y Simplifica Regulaciones

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Javier Milei introduce cambios significativos en el mercado de tarjetas de crédito, eliminando topes y simplificando regulaciones. Los ajustes buscan adecuar el sector a las nuevas modalidades de relacionamiento y tecnologías de digitalización.


El gobierno de Javier Milei ha emitido un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que impacta directamente en el mercado de tarjetas de crédito, introduciendo una serie de cambios para adaptarse a las recientes modalidades de relacionamiento y las tecnologías de digitalización. A continuación, se detallan los puntos clave de este DNU:

  • Desregulación y Simplificación: El DNU propone una fuerte desregulación y simplificación en el mercado de tarjetas de crédito, respondiendo a los cambios recientes en las modalidades de relacionamiento y las tecnologías de digitalización.
  • Nuevo Sistema de Tarjetas de Crédito: Se redefine el sistema de tarjetas de crédito como un conjunto de contratos individuales con tres finalidades principales: permitir operaciones de compra o locación de bienes y servicios, diferir el pago o las devoluciones para el titular, y abonar a los proveedores de bienes o servicios los consumos del usuario.
  • Emisores de Tarjetas de Crédito: Se establece que cualquier entidad, dentro de su objeto social, puede emitir tarjetas de crédito o hacer efectivo el pago.
  • Denominación de la Tarjeta de Crédito: La tarjeta de crédito se define como un instrumento de identificación del usuario que puede ser físico o virtual, magnético o de cualquier otra tecnología emergente, emanado de una relación contractual previa entre el titular y el emisor.
  • Derogación de Artículos de la Ley Previa: Se derogan varios incisos de la Ley N° 25.065, indicando un alejamiento de algunas de las regulaciones anteriores.
  • Transparencia en Tasas de Financiación: Se obliga a las entidades emisoras a dar a conocer públicamente la tasa de financiación aplicada al sistema de tarjeta de crédito.
  • Interés Punitorio: Se establece que los intereses punitorios no serán capitalizables.
  • Resumen Mensual de Operaciones: Los emisores deben confeccionar y enviar mensualmente un resumen detallado, preferentemente de forma electrónica, de las operaciones realizadas por el titular o sus autorizados.
  • Tiempo de Recepción del Resumen: Se especifica que el resumen debe ser recibido por el titular con una anticipación mínima de cinco días antes del vencimiento de la obligación de pago, y en caso de no recepción, el titular debe tener un canal de comunicación disponible para obtener el saldo de la cuenta y el pago mínimo.
  • Contenido del Contrato Tipo: Se detallan los elementos mínimos que debe contener el contrato tipo entre el emisor y el proveedor, incluyendo plazos de vigencia, topes máximos por operación, comisiones, intereses, cargos administrativos y otros requisitos.

Estos cambios buscan generar un impacto significativo en el sector de tarjetas de crédito, orientándolo hacia un modelo más flexible y adaptado a las necesidades actuales de los usuarios y las dinámicas del mercado.

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