Causa Vialidad: dejan firme el decomiso de 685.000 millones de pesos a Cristina Kirchner y otros condenados

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Causa Vialidad: la Corte ratificó el decomiso de 685.000 millones de pesos a los condenados

La Corte Suprema de Justicia desestimó los últimos planteos de las defensas y dejó firme el monto actualizado que deberán afrontar solidariamente Cristina Kirchner, Lázaro Báez y el resto de los exfuncionarios condenados.

El escenario judicial en torno a las derivaciones de la obra pública en Santa Cruz sumó una definición económica trascendental. La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó los recursos presentados por las defensas de la expresidenta Cristina Kirchner y del empresario Lázaro Báez, con lo cual quedó firme la ejecución de un decomiso por un total de 685.000 millones de pesos. La resolución cierra la última vía de impugnación formal contra el cálculo financiero del perjuicio ocasionado al Estado por el direccionamiento de contratos viales.

La decisión del máximo tribunal contó con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Los magistrados aplicaron el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para declarar inadmisibles los planteos que cuestionaban tanto los mecanismos de indexación de la cifra como la competencia del tribunal de origen para intervenir en esta etapa del proceso. De este modo, la justicia ordinaria quedó habilitada para avanzar de forma inmediata sobre el patrimonio y los bienes embargados de los involucrados.

El origen del cálculo económico y la indexación por inflación

La controversia que llegó hasta la máxima instancia judicial del país se originó en la metodología empleada para actualizar los montos de la defraudación. En diciembre de 2022, al dictar la sentencia condenatoria de primera instancia, el Tribunal Oral Federal (TOF) Nº 2 había fijado un decomiso inicial de 85.000 millones de pesos en concepto del daño patrimonial comprobado en las obras adjudicadas en el sur del país. Sin embargo, aquel dictamen original contemplaba que la suma debía actualizarse al momento en que el fallo quedara firme.

Para establecer la cifra definitiva de 685.000 millones de pesos, se conformó una mesa técnica coordinada por el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema, con la participación de especialistas propuestos por el Ministerio Público Fiscal y las defensas. Este equipo técnico aplicó la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) medido por el Indec entre noviembre de 2022 y mayo de 2025. Los abogados de la exmandataria argumentaron de manera recurrente que el monto de base poseía carácter provisorio y que el uso del índice inflacionario distorsionaba la pena económica, un postulado que la Corte descartó de plano en su última acordada.

Los argumentos técnicos rechazados a Cristina Kirchner y Lázaro Báez

La resolución del Máximo Tribunal sepultó de manera simultánea dos estrategias procesales distintas. Por un lado, la representación legal de Cristina Kirchner centró sus quejas en la arbitrariedad del cálculo y la carga financiera que representaba la indexación directa en un contexto macroeconómico complejo. El tribunal consideró que las objeciones no lograban demostrar una vulneración de garantías constitucionales que justificara la apertura del recurso extraordinario.

Por otro lado, la defensa del empresario Lázaro Báez optó por una impugnación de corte jurisdiccional. Sus letrados sostuvieron que el trámite del decomiso no correspondía al TOF Nº 2, sino que debía mudar su competencia hacia el Tribunal Oral Federal Nº 4, la estructura judicial que llevó adelante el juicio de la denominada "ruta del dinero K", donde Báez ya cuenta con una condena previa por lavado de activos. El rechazo de la Corte ratificó que el tribunal que impuso la condena principal por administración fraudulenta retiene la potestad exclusiva para ejecutar las penalidades accesorias sobre los bienes.

El impacto institucional y el historial de una condena firme

La ratificación del decomiso se produce en un marco donde las condenas principales de la causa Vialidad ya gozan de estabilidad jurídica. El derrotero procesal del expediente sumó hitos clave en los últimos años: el 6 de diciembre de 2022, el TOF Nº 2 sentenció a Cristina Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, vinculada a 51 licitaciones de obra pública vial en Santa Cruz. En esa misma instancia, resultó absuelta por la figura de asociación ilícita.

Posteriormente, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó las penas el 13 de noviembre de 2024, y el 10 de junio de 2025 la propia Corte Suprema cerró el caso al desestimar los recursos ordinarios contra las condenas. Tras confirmarse la prisión efectiva, el tribunal de primera instancia ordenó la detención de los condenados —entre los que figuran el exsecretario de Obras Públicas José López y el extitular de la Dirección Nacional de Vialidad Nelson Periotti—, activando en paralelo el proceso de ejecución fiscal que culminó con el fallo de este jueves. Con esta última firma, el Estado argentino cuenta con el aval definitivo para avanzar en la recuperación de los activos solidarios establecidos en la sentencia.



De acuerdo con información difundida por: La Capital

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