
La hermana del exapoderado de Diego Maradona comparece este lunes en San Isidro para declarar sobre la administración de los recursos médicos durante la internación domiciliaria.
El segundo juicio oral que investiga las circunstancias que rodearon el fallecimiento de Diego Armando Maradona ingresa en una etapa de definiciones institucionales clave con las declaraciones testimoniales de los integrantes del entorno económico y administrativo que coordinaba la rutina del exfutbolista. El Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 de San Isidro reanuda su actividad este lunes con la citación formal de Vanesa Morla, una de las figuras operativas más cercanas a la gestión diaria de la residencia donde se produjo el deceso.
La declaración de la testigo resulta de especial interés para los fiscales de la causa, Patricio Ferrari, Cosme Iribarren y Laura Capra. El Ministerio Público Fiscal busca determinar a través de su testimonio la cadena de responsabilidades en la contratación de los profesionales de la salud y la provisión de insumos médicos que debían resguardar la vida del paciente durante su internación en el barrio San Andrés de Tigre, antes del trágico desenlace ocurrido el 25 de noviembre de 2020.
Vanesa Morla, hermana de Matías Morla —quien fuera el abogado, apoderado y administrador exclusivo de las marcas y los derechos de imagen del capitán de la Selección Argentina—, cumplía funciones de nexo administrativo y logístico. Su rol incluía el manejo de las cajas chicas, la autorización de viáticos y la supervisión del personal doméstico y de enfermería que operaba de forma directa en el domicilio del paciente, por lo que las partes querellantes consideran que su relato aportará claridad sobre la toma de decisiones que condicionó el tratamiento de salud.
La ruta de las autorizaciones médicas bajo la lupa judicial
Los jueces Verónica Di Tommaso, Maximiliano Savarino y la subrogante Julieta Makintach focalizan las audiencias en reconstruir el circuito de comunicaciones internas entre los profesionales médicos imputados y la estructura de administración que proveía los recursos. Las audiencias previas permitieron la incorporación de chats telefónicos y correos electrónicos donde la testigo intervenía de manera directa en la aprobación de presupuestos logísticos y contrataciones del cuerpo de enfermeros.
"La citación busca esclarecer si existían filtros o criterios estrictamente económicos que se anteponían a los requerimientos de complejidad médica que los profesionales de la salud solicitaban para la atención del paciente", señalaron fuentes judiciales cercanas al proceso en San Isidro. El tribunal ya cuenta con peritajes caligráficos y digitales que confirman el intercambio de mensajes en los cuales se discutía la conveniencia de sumar personal técnico o de trasladar aparatología básica para el control cardiológico a la vivienda alquilada.
El entramado de responsabilidades administrativas constituye un eje prioritario para las querellas que representan a los hijos de Maradona. Los abogados Dalma y Gianinna Maradona, junto a las representaciones legales de Diego Fernando y Jana, insisten en que existía un esquema de control cerrado donde toda decisión médica requería la homologación del entorno del apoderado, lo que habría demorado o impedido la llegada de auxilio médico especializado en las semanas previas a la crisis cardiopulmonar del deportista.
Los antecedentes de la causa y el desdoblamiento del debate oral
Este juicio representa el segundo tramo del proceso penal que busca esclarecer las causas de la muerte del ídolo futbolístico. El debate actual analiza las conductas de los profesionales de menor rango y de los coordinadores administrativos de las empresas de medicina prepaga y de enfermería que brindaban la asistencia domiciliaria en el norte del conurbano bonaerense, bajo las figuras penales de homicidio simple con dolo eventual.
La causa debió desdoblarse debido a los planteos de las defensas y a los diferentes tiempos de las instancias de apelación. El primer juicio, que se encuentra en etapas procesales complementarias, se centra en las responsabilidades del neurocirujano Leopoldo Luque, la psiquiatra Agustina Cosachov y el psicólogo Carlos Díaz, considerados por la junta médica oficial como los directores principales del tratamiento deficiente que aceleró el desmejoramiento del estado físico del paciente.
El informe de la junta médica, un documento pericial de 70 fojas elaborado por más de veinte especialistas de diversas disciplinas, es la base probatoria fundamental sobre la que descansa la acusación en ambos debates. Los peritos dictaminaron de forma unánime que el equipo de salud actuó de manera "temeraria", deficiente e improvisada, abandonando al paciente a su suerte a pesar de los signos evidentes de retención de líquidos y descompensación cardíaca que manifestó en sus últimas 72 horas de vida.
Las consecuencias para los acusados y el impacto en las prepagas
La resolución de este juicio podría modificar los criterios jurisprudenciales respecto a la responsabilidad civil y penal de las corporaciones de medicina privada en los esquemas de internación domiciliaria. Las defensas de los coordinadores imputados sostienen que sus representados cumplían un rol estrictamente gerencial y de auditoría, y que la responsabilidad directa sobre la salud del paciente recaía en los médicos de cabecera autorizados por la familia y su entorno legal.
En el caso de confirmarse las acusaciones por homicidio simple con dolo eventual, el Código Penal de la Nación prevé una escala punitiva de 8 a 25 años de prisión efectiva para los responsables. El debate ingresa en una etapa de alta exposición técnica, donde el análisis de las cuentas bancarias de la firma Sattvica SA —titular de las marcas comerciales de Maradona— y los registros de pagos de honorarios médicos serán confrontados con las declaraciones testimoniales que se escuchen durante el transcurso de las audiencias pautadas para el presente mes.
De acuerdo con información difundida por: C5N

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