El Gobierno avanza con el Fondo de Asistencia Laboral: cómo funcionará el nuevo esquema

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Tras la aprobación en la Cámara de Diputados, la reforma laboral impulsada por el Ejecutivo entra en una etapa de definiciones clave con la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Este mecanismo propone un cambio de paradigma en el sector privado al introducir un sistema de capitalización destinado exclusivamente a cubrir los costos de los despidos sin causa y otras contingencias del fin del vínculo laboral.

El funcionamiento del FAL y el rol de la CNV

El corazón de esta iniciativa se encuentra en el Título II, artículo 58, del proyecto de ley. La normativa establece que cada empleador deberá abrir una cuenta específica en fondos administrados por entidades autorizadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Esta estructura garantiza que el dinero acumulado funcione como un patrimonio separado e independiente de los bienes de la empresa.

"Esa cuenta tendrá carácter de patrimonio separado, con un destino exclusivo, independiente de los bienes de la empresa, y no podrá ser transferida ni embargada", detalla el texto que ahora regresa al Senado para su ratificación final. Con esta medida, el Gobierno busca dotar de mayor previsibilidad financiera a las compañías ante la eventualidad de una desvinculación.

Financiamiento diferenciado para PyMEs y grandes empresas

Uno de los puntos que genera mayor interés en el sector empresarial es el esquema de aportes obligatorios. Estos se calcularán sobre la remuneración bruta que sirve de base para las contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), estableciendo una escala que favorece la acumulación en estructuras más pequeñas.

  • Grandes empresas: Deberán ingresar un 1% del salario bruto de cada trabajador.

  • Micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs): El aporte asciende al 2,5%, con la posibilidad de que los porcentajes se incrementen hasta un tope del 3%.

Además de estos aportes, el fondo se nutrirá de los rendimientos generados por las inversiones de la administradora, donaciones y contribuciones voluntarias adicionales que el empleador decida realizar para fortalecer su cuenta.

Alcance y limitaciones: ¿qué indemnizaciones cubre?

El Fondo de Asistencia Laboral no es de libre disponibilidad. Está diseñado específicamente para trabajadores registrados con al menos doce meses de antigüedad y solo puede activarse ante situaciones puntuales como el despido sin causa, el fallecimiento del empleado o desvinculaciones por acuerdo de partes.

La cobertura del FAL incluye la compensación por antigüedad, la indemnización sustitutiva de preaviso y la integración del mes de despido. Sin embargo, el proyecto es taxativo respecto a las salidas voluntarias: si la relación laboral concluye por renuncia o jubilación, los fondos acumulados permanecen en el FAL para cubrir futuras contingencias de la empresa, sin posibilidad de transferencia al trabajador ni devolución inmediata al empleador.

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