Los ministros de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, y su par de Economía, Luis Caputo. (Foto: EFE - Matías Martín Campaya).
El Gobierno nacional ultima los detalles de la nueva reforma laboral que buscará ingresar al Congreso en los próximos días y que incluye un cambio significativo en el régimen de financiamiento de las indemnizaciones por despido. La propuesta central es la creación de un Fondo de Asistencia Laboral (FAL) de carácter obligatorio para todas las empresas.
Este nuevo instrumento busca reemplazar el actual esquema indemnizatorio, sin alterar el monto final que recibe el trabajador. La clave es el aporte: cada empleador deberá destinar el 3% de la masa salarial de su nómina a este fondo para cubrir futuros despidos sin justa causa.
<h2>El Mecanismo del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) y la Carga Patronal</h2>
El diseño del FAL prevé que este fondo sea constituido por el empleador en una cuenta individual a nombre de la empresa. Según trascendió del borrador del proyecto, el mecanismo no implicaría un costo extra para el sector privado, ya que el aporte se compensaría con una exención en las cargas patronales.
Un abogado laboralista explicó: "Para el trabajador no cambia nada. El empleador es el que saca dinero de allí a la hora de la indemnización". De esta forma, el empleador dejaría de pagar al Estado un 3% destinado a jubilaciones para volcarlo al FAL, manteniendo el equilibrio en la carga fiscal.
"En definitiva, pagarán lo que pagan hoy. No hay un cambio. Porque la empresa dejaría de pagarle al Estado el 3% que da para las jubilaciones a cambio de ofrecer eso al FAL y usarlo en pagos de despidos", señala la fuente consultada.
Este fondo es conceptualmente diferente al Fondo de Cese Laboral (FCL) que se había incluido en la Ley Bases y que permitía a sindicatos y empresas acordar su implementación por convenio colectivo. El FCL, pese a su reglamentación, no tuvo una adopción masiva, un punto criticado por el ministro Federico Sturzenegger.
<h2>Qué Dice el Proyecto de Reforma Laboral sobre la Indemnización por Despido</h2>
El borrador de la reforma mantiene la fórmula tradicional para calcular la indemnización por antigüedad o despido sin justa causa. El empleador deberá abonar el equivalente a "UN (1) mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de TRES (3) meses".
La base de cálculo se mantiene como "la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año". Sin embargo, la propuesta busca mayor claridad al definir qué conceptos se incluyen.
El texto precisa que no se tendrán en cuenta pagos no mensuales, tales como el Sueldo Anual Complementario (Aguinaldo), las vacaciones y premios que no se abonen mensualmente. Se define como "habitual" a aquellos conceptos devengados por al menos seis meses dentro del último año de prestación de servicios.
<h2>Otros Ejes de la Reforma Laboral Impulsada por el Gobierno</h2>
Además del cambio en el esquema indemnizatorio, el proyecto de reforma laboral aborda otras áreas clave que buscan modernizar las relaciones laborales y generar incentivos.
Entre los puntos más destacados, la iniciativa busca limitar la ultraactividad de los convenios colectivos de trabajo. También apunta a que prevalezca el convenio colectivo de la empresa por sobre el de la actividad en general, un reclamo histórico del sector productivo.
Asimismo, la propuesta incluye la posibilidad de implementar un "banco de horas" para una gestión más flexible de la jornada laboral, remuneraciones basadas en el mérito e incentivos fiscales concretos para promover las nuevas contrataciones de personal.


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