No Votaste en las Elecciones: Cómo Justificar la Ausencia y Evitar Multas

0

Si no asististe a votar en las pasadas elecciones nacionales del 26 de octubre, tenés tiempo hasta el próximo viernes 24 de diciembre para justificar la falta ante la Justicia Nacional Electoral. El trámite puede realizarse tanto de forma virtual como presencial en las oficinas de la Defensoría del Pueblo. El no cumplimiento de este deber cívico sin justificación conlleva una multa económica y restricciones para acceder a cargos públicos.

Requisitos para Justificar el No Voto

El Código Electoral Nacional establece claramente quiénes pueden justificar la inasistencia a los comicios:

  • Distancia: Quienes se encontraban a más de 500 kilómetros del lugar donde debían votar, siempre que el alejamiento haya sido por motivos razonables.

  • Fuerza Mayor o Enfermedad: Personas imposibilitadas por enfermedad o fuerza mayor, siempre que la causa esté debidamente comprobada.

  • Función Pública: Jueces, sus auxiliares o personal de organismos y empresas de servicios públicos que debieron realizar tareas ineludibles durante el acto comicial.

Documentación Necesaria para el Trámite

La justificación debe ir acompañada de la documentación específica que acredite la causa de la ausencia:

Causa de InasistenciaDocumentación Requerida
Más de 500 kmCertificado expedido por la autoridad policial del lugar donde se encontraba el día de la elección.
Enfermedad/ImposibilidadCertificado emitido por médicos oficiales (provinciales o municipales) o, en su defecto, por médicos particulares.
Personal Judicial/Servicios PúblicosConstancia que acredite el desempeño de funciones durante las horas en que se desarrolló el acto electoral.

Modo de Trámite: Online o Presencial

La fecha límite para realizar la justificación es el 24 de diciembre. Los ciudadanos pueden elegir el modo que les resulte más conveniente:

Trámite Virtual 💻

Se realiza ingresando al sitio infractores.padron.gob.ar. Allí se deben completar los datos personales y el código de verificación. Una vez que el sistema informa que la persona figura como infractora, se solicita la justificación y se adjunta la documentación necesaria. También es posible optar directamente por abonar la multa correspondiente de forma online.

Trámite Presencial en la Defensoría 🏛️

La Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe mantiene habilitadas sus sedes y oficinas descentralizadas para quienes no puedan realizar el trámite virtual (por falta de acceso a dispositivos o desconocimiento). Los interesados deben presentarse con su Documento Nacional de Identidad (DNI) y la documentación que acredite la justificación.

  • En Rosario, la Defensoría se encuentra en Pasaje Álvarez 1516.

  • En Santa Fe, la sede funciona en San Jerónimo 2721.

  • Los datos de otras oficinas descentralizadas están disponibles en www.defensoriasantafe.gob.ar/delegaciones.

Penalidades por Incumplir el Deber de Votar

Quienes sean mayores de 18 años y menores de 70 y no justifiquen su ausencia deberán enfrentar consecuencias legales y administrativas:

  • Multa: Deberán abonar una multa económica y serán incorporados al Registro de Infractores al Deber de Votar.

  • Restricciones para Cargos Públicos: No podrán ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante los tres años siguientes a la elección.

  • Restricciones Administrativas: Quienes no abonen la multa quedarán imposibilitados de realizar gestiones o trámites ante organismos estatales (nacionales, provinciales o de CABA) durante un año.

Publicar un comentario

0Comentarios

📝 ¡Gracias por tu lectura!
Tu feedback no solo mejora el contenido, sino que también inspira a otros lectores.

📝 ¡Gracias por tu lectura!
Tu feedback no solo mejora el contenido, sino que también inspira a otros lectores.

Publicar un comentario (0)

Recent Posts

📢 ¿Querés aparecer en RBDNoticias?

Publicá tu nota ahora

#buttons=(Accept !) #days=(20)

Our website uses cookies to enhance your experience. Learn More
Accept !
📢 Publica aquí tu artículo 📻 Escuchar Radio 📺 Ver TV Online