El Senado rechaza los pliegos de Lijo y García-Mansilla: incertidumbre sobre los jueces designados por el Gobierno

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El Senado de la Nación rechazó este jueves los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, propuestos por el presidente Javier Milei para integrar la Corte Suprema de Justicia.

El 20 de marzo del año pasado, el Ejecutivo anunció que Lijo y García-Mansilla cubrirían las vacantes de Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, pero sus pliegos fueron enviados al Senado el 27 de mayo.

Ante la falta de apoyo legislativo, el 26 de febrero el Presidente decidió designarlos por decreto. Sin embargo, solo García-Mansilla pudo asumir, mientras que Lijo no logró ocupar su cargo debido a que la Corte Suprema rechazó su licencia en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 4.

El escrito de García-Mansilla y la decisión del Senado

Días antes del rechazo, García-Mansilla presentó un escrito al juez Alejo Ramos Padilla, encargado de resolver la causa sobre la inconstitucionalidad de los nombramientos en comisión. En su presentación, afirmó: "Mi puesto en la Corte goza de la garantía constitucional de inamovilidad en el cargo mientras dure mi nombramiento, por lo que el único juez natural que podría eventualmente removerme mediante juicio político es el Congreso de la Nación. Un juez no puede remover a otro juez".

Este planteo abrió el debate sobre las consecuencias del rechazo en el Senado. Pedro Caminos, abogado y profesor de Derecho Constitucional, explicó a TN que existen dos posturas:

  1. Una sostiene que García-Mansilla puede permanecer en el cargo hasta el fin de la próxima legislatura.

  2. La otra indica que, sin acuerdo del Senado, el nombramiento en comisión queda sin efecto de inmediato.

"La Constitución de 1853 permitía que el Presidente nombrara jueces durante el receso del Senado, pero en 1860 se reformó para limitar esta potestad. Desde entonces, un juez en comisión solo puede mantenerse hasta el fin de la próxima legislatura", explicó Caminos, agregando que "el rechazo del Senado implica el cese".

Por su parte, el constitucionalista Mariano Bär señaló: "En términos jurídicos, un rechazo del Senado los hace cesar automáticamente, ya que desaparece la inactividad senatorial y hay una decisión expresa de rechazo".

En caso de judicializarse, Bär advirtió que "el problema radica en que si el caso llega a la Corte, no será fácil conseguir conjueces con los mismos requisitos que un ministro del tribunal, lo que generaría una crisis institucional grave".

El caso de Lijo: sin alternativas

A diferencia de García-Mansilla, Ariel Lijo enfrenta un panorama distinto. La Corte Suprema determinó que no podía asumir en su nuevo cargo "mientras continúe desempeñándose como juez titular con acuerdo del Senado".

Luego del rechazo en la Cámara Alta, Lijo envió un escrito a Ramos Padilla, en el que afirmó: "No voy a renunciar a mi cargo actual de Juez Federal y mi interés se centra en que el Honorable Senado de la Nación me otorgue el acuerdo correspondiente, para el cual ya cuento con dictamen favorable de la Comisión de Acuerdos".

Ramos Padilla deberá decidir

Tras el rechazo del Senado, el juez Alejo Ramos Padilla deberá definir si los nombramientos en comisión fueron inconstitucionales. En una resolución anterior, el magistrado había postergado su decisión ante la inminente sesión de la Cámara Alta.

"Debe evitarse una decisión judicial apresurada que pueda interferir en el debate parlamentario. La prudencia es una de las máximas virtudes que se exigen a quienes desempeñan funciones judiciales", había sostenido Ramos Padilla.

La causa en su contra fue impulsada por organizaciones como el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), Poder Ciudadano, CELS, INECIP y ACIJ, además del abogado Luis Fernando Cabaleiro. Incluso, la líder de la Coalición Cívica, Elisa Carrió, había asegurado que el decreto presidencial era "inconstitucional y nulo de nulidad absoluta e insanable".

El Gobierno intentó frenar el proceso con múltiples recursos, incluyendo la recusación de Ramos Padilla, pero la jueza Cecilia de Negre rechazó el pedido, permitiendo que continúe al frente de la causa.

Un antecedente similar ocurrió en 2016, cuando Ramos Padilla intervino en la designación por decreto de Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz. En aquella ocasión, el magistrado ordenó a la Corte Suprema no tomarles juramento.

Ahora, con la situación de Lijo y García-Mansilla, el juez deberá decidir nuevamente sobre una disputa institucional clave para la justicia argentina.

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