La Cámara Federal de Paraná dictó una sentencia clave este viernes, declarando la inconstitucionalidad de las disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 que desregulaban las tarifas de la medicina prepaga en Argentina. Esta decisión también instruye a la Superintendencia de Seguros de Salud a retomar su rol en la autorización de incrementos en las mensualidades del servicio.
El tribunal tomó esta medida en el marco de un litigio iniciado por Fernando Ismael Morsentti contra la obra social Osde, que impugnaba los aumentos tarifarios implementados tras la entrada en vigor del decreto. En marzo pasado, la jueza federal María Isabel Caccioppoli había admitido la presentación como colectiva, afectando a todos los usuarios de Osde, y había dictado una medida cautelar que suspendía los aumentos. No obstante, debido a una recusación contra Caccioppoli, el caso fue trasladado al juez Pablo Seró, quien finalmente declaró la causa abstracta basándose en un acuerdo entre la Superintendencia y las empresas de medicina prepaga.
El fallo de la Cámara Federal de Paraná aborda el fondo del asunto, declarando la inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269 del DNU 70/2023, que derogaban artículos clave de la ley 26.682. El tribunal argumentó que el decreto estableció una desregulación excesiva y que el Poder Ejecutivo se arrogó atribuciones legislativas sin justificar circunstancias excepcionales que justificaran el uso de un DNU.
En consecuencia, el tribunal ha ordenado a la Autoridad de Aplicación que reanude su función de autorizar y revisar los valores de las cuotas de medicina prepaga de acuerdo con la ley 26.682, y de asegurar que los aumentos sean razonables y justificados.
Respecto a los aumentos ya aplicados desde enero de este año, la sentencia dispuso la anulación de estos incrementos. Sin embargo, aún no se han determinado los montos a ser devueltos a los usuarios, ya que esto requerirá una comparación detallada entre los aumentos autorizados y los efectivamente pagados. La asociación de consumidores Adduc deberá seguir un procedimiento adicional para obtener los reintegros pertinentes.
La decisión judicial, dada su naturaleza colectiva, podría influir en otros litigios similares relacionados con prestadores de medicina prepaga. Será tarea de los jueces en estos casos determinar la validez de los aumentos en función de las circunstancias particulares.