En el marco de la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha decidido extender el plazo para el ingreso de anticipos del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2024, aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas.
Con esta prórroga, "el vencimiento del pago del primer y segundo anticipo de estos impuestos, que originalmente vencía en agosto y octubre de 2024, se trasladará a octubre y noviembre de 2024, respectivamente", informó la AFIP.
Los anticipos son pagos a cuenta de un impuesto determinado al que está obligado un contribuyente, y se descuentan del monto de la obligación principal al momento de presentar la declaración jurada correspondiente.
"Todas las personas humanas y sucesiones indivisas inscriptas en alguno de los dos impuestos deberán determinar cinco anticipos y realizar cada uno de ellos", añadió el organismo. Sin embargo, los contribuyentes tendrán la posibilidad de solicitar una reducción a partir del tercer anticipo cuando consideren que la suma a abonar excederá el importe definitivo de la obligación del período fiscal correspondiente.
Para realizar esta solicitud, se deberá ingresar al servicio con clave fiscal “Cuentas Tributarias” y seleccionar la opción “Reducción de anticipos”. Finalmente, "el contribuyente deberá abonar el importe estimado a través de un Volante Electrónico de Pagos (VEP)".
Esta medida busca ofrecer un alivio fiscal en un contexto económico complejo, brindando mayor flexibilidad a los contribuyentes en la gestión de sus obligaciones fiscales.