Blanqueo, Ganancias, RIGI y empleo: qué cambiará con la aprobación de la Ley Bases y el paquete fiscal

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La Cámara de Diputados ha convertido en leyes los proyectos de Ley Bases y el paquete fiscal, iniciativas que, una vez reglamentadas por Javier Milei, impactarán en la vida cotidiana de miles de argentinos. En su defensa, el Presidente aseguró que permitirán que “la Argentina pase, en términos de libertad económica, 90 puestos arriba” y que se parezca “a países como Alemania, Francia o Irlanda”.

En términos concretos, los dos proyectos aprobados tendrán impacto en varios aspectos. Cerca de un millón de trabajadores volverán a pagar el Impuesto a las Ganancias, aunque bajo una escala diferente a la vigente hasta que se eliminó el tributo al final de la gestión del expresidente Alberto Fernández. Además, por los cambios en Bienes Personales, se redujo el piso a partir del cual se empieza a pagar, bajo alícuotas menores, para allanar el camino del blanqueo de capitales.

Reforma Laboral y RIGI

Para los sectores productivos también hay cambios importantes. La reforma laboral permite regularizar trabajadores contratados de manera informal y amplía el período de prueba, entre otros temas. El Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones (RIGI) otorga beneficios para desarrollar proyectos en sectores estratégicos.

Restitución del Impuesto a las Ganancias

Pese al rechazo de los gobernadores patagónicos, el oficialismo consiguió el respaldo de los mandatarios provinciales del norte y centro del país para avanzar con la restitución del Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría. Creen que, como es coparticipable, ayudará a engrosar las golpeadas arcas provinciales. Según datos de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), volver a cobrar Ganancias permitiría recaudar un adicional de 0,41% del Producto Bruto Interno (PBI).

Los principales alcances del tributo serán:

  • Pagarán Ganancias los trabajadores en relación de dependencia solteros sin hijos menores, que ganan más de $1,8 millones brutos mensuales (cerca de $1,5 millones netos); los solteros con dos hijos, a partir de $2,1 millones (casi 1,8 millones netos), y los casados con dos hijos, a partir de $2,3 millones brutos (cerca de $2 millones netos).
  • Se podrá volver a deducir de la base imponible de Ganancias los hijos menores, prepagas y gastos escolares, entre otros ítems, con topes, y se incorporó una deducción especial para que el aguinaldo esté exento del pago del gravamen.
  • Las deducciones personales se incrementarán entre un 183,75% y un 186,65%, excepto a determinados jubilados, y se ajustarán una vez al año por inflación.
  • Los tramos de las escalas se actualizarán en línea con la inflación. Aquellas que se encuentren entre el 5% y 15% se incrementarán en un porcentaje menor al IPC registrado durante el primer trimestre de 2024. En cambio, las más altas tendrán una actualización mayor.
  • Se eliminó el diferencial del 22% para los trabajadores patagónicos, que tenían un beneficio adicional por zona desfavorable.
  • Los cambios comenzarán a regir cuando entre en vigencia la nueva ley, es decir, que no habrá retroactivo ni se generará devolución.

Bienes Personales

Pese a que el Senado había rechazado los cambios en Bienes Personales, la Comisión de Presupuesto y Hacienda, presidida por José Luis Espert, logró acuerdo para volver a tratar el tema en el recinto de la Cámara de Diputados y lo incorporó al paquete fiscal.

Para el Gobierno, la reforma de Bienes Personales es clave para el éxito del blanqueo (Régimen de Regularización de Activos) y de la moratoria de AFIP (el Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social), aprobados por ambas cámaras del Congreso.

Los cambios que regirán en Bienes Personas, una vez reglamentadas las leyes por Milei, serán los siguientes:

  • El mínimo no imponible subirá de $27 millones a $100 millones y la deducción por la vivienda familiar pasará de $56 millones a $350 millones.
  • La actualización del mínimo no imponible será trimestral durante este año y desde 2024 de manera semestral, a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
  • No se modificarán las alícuotas, que permanecerán entre 0,5% y 1,5%, para las declaraciones juradas con los patrimonios correspondientes al período fiscal de este año; mientras que entre 2024 y 2026 regirán solo dos alícuotas, de entre 1,25% y 1,5%, y desde 2027, una tasa única de 0,25%.
  • Se creó el Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (Reibp), un esquema voluntario de pago anticipado hasta el período fiscal 2027. Permitiría saldar en forma unificada, con una alícuota del 0,45% sobre el total del patrimonio.
  • Quienes adhieran al blanqueo de capitales podrán aplicar al Reibp, con una alícuota unificada del 0,6%.

Cambios vinculados con el ámbito laboral

Pese a la resistencia de la Confederación General del Trabajo (CGT), las dos CTA, gremios, el peronismo, partidos de izquierda y movimientos sociales, el Gobierno logró avanzar en el Congreso con las modificaciones que alcanzan al ámbito laboral.

Los principales cambios incorporados son:

  • Los empleadores podrán regularizar trabajadores no registrados con quienes comenzaron el vínculo laboral antes de la entrada en vigencia de la ley y por un plazo de 90 días. No podrán ser multados, sancionados ni alcanzados por ninguna acción legal. Además, serán eliminados del Registro de Sanciones Laborales.
  • Se amplía el período de prueba a seis meses para empresas de más de 100 trabajadores; a ocho meses para pymes que tengan entre seis a 99 trabajadores, y a un año para mipymes con hasta cinco trabajadores.
  • Se creó el fondo de cese laboral optativo, una opción alternativa a las indemnizaciones, pero su reglamentación dependerá de los convenios colectivos de trabajo y bajo acuerdo entre gremios y empleadores de cada sector. No podrá superar el 8% del salario y será aportado por el empleador.
  • Si un empleado participa en un bloqueo o toma la empresa podrá ser despedido con “justa causa”.
  • En el sector público se descontarán los días o las horas de huelga, sin ningún tipo de sanción administrativa, y los funcionarios de órganos u organismos que sean eliminados serán pasados a disponibilidad por hasta 12 meses, momento en el que podrán ser desvinculados si no consiguen ser reubicados.

Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI)

El RIGI apunta a atraer inversiones superiores a los US$200 millones en sectores estratégicos, bajo la premisa de ofrecer incentivos fiscales, aduaneros y cambiarios durante 30 años, como la reducción del impuesto a las Ganancias, del 35% al 25%; la devolución acelerada de los saldos a favor del IVA en un plazo no mayor a tres meses, y la aplicación de retenciones 0 para las exportaciones.

Las principales características del RIGI son las siguientes:

  • Se considerarán Grandes Inversiones a los proyectos que involucren más de US$200 millones, para la adquisición, producción, construcción y/o desarrollo de activos que serán afectados a actividades de forestoindustria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, petróleo y gas. Al menos el 40% deberá invertirse en los dos primeros años.
  • El plazo para adherirse será de dos años, a partir de la entrada en vigencia del RIGI.
  • Al menos el 20% de la totalidad del monto de la inversión será destinado a proveedores locales siempre que la oferta se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad.
  • Las empresas de la categoría “Exportaciones estratégicas de largo plazo” podrán disponer del 20% de las divisas sobre el monto de sus exportaciones al finalizar el primer año; del 40%, al terminar el segundo año, y del 100%, a partir del fin del tercer año. Las “no estratégicas” tendrán una postergación de un año para cada uno de los tramos.
  • El término de “nulo de nulidad absoluta” sobre toda norma provincial que se oponga al régimen, aplicará solo a aquellas jurisdicciones que adhieran al RIGI.
  • Las empresas podrán computar el 100% del impuesto sobre débitos y créditos bancarios como crédito en el Impuesto a las Ganancias.
  • Las empresas adheridas estarán exentas de derechos de importación para bienes de capital, repuestos, partes e insumos, y de derechos de exportación durante los primeros tres años.
  • En caso de controversias, primero se intentarán resolver de manera “amistosa”, pero en caso de no llegar a un acuerdo en 60 días intervendrá un tribunal internacional en un país que sea parte de la Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de Laudos Arbitrales Extranjeros de 1958.

    Podrán acceder al beneficio las sociedades anónimas, incluidas las unipersonales y las de responsabilidad limitada; las sucursales establecidas por sociedades constituidas en el extranjero de conformidad con el artículo 118 de la Ley General de Sociedades; las Sucursales Dedicadas, y las uniones transitorias y otros contratos asociativos, si presentan un plan de inversión que califique como Grandes Inversiones y si cumplen con todos los requisitos del RIGI.

    Blanqueo de capitales

    El blanqueo de capitales es un proyecto clave para el Gobierno, como paso previo para la apertura del cepo cambiario. Será fundamental para la acumulación de reservas en momentos en que se ralentizó la compra de divisas por parte del Banco Central. Este viernes podría cerrar junio como el primer mes de Milei con saldo negativo de la autoridad monetaria.

    Los principales puntos del blanqueo son:

    • Se podrán blanquear hasta US$100.000 no declarados sin pagar multas. Los montos mayores también podrán acceder al beneficio, pero deberán ingresar el dinero al sistema financiero antes del 31 de diciembre de 2025. También quienes destinen el dinero a inversiones que determinará el Ministerio de Economía.
    • Los montos que superen los US$100.000, y no ingresen el dinero antes del 31 de diciembre, pagarán alícuotas progresivas del 5%, 10% y 15%, que dependerán del momento en que se adhiera al régimen.
    • En el caso de los bienes dentro de la Argentina, se podrán blanquear dinero en efectivo (pesos o dólares), inmuebles, acciones, cuotas y participación en sociedades, derechos de beneficiarios de fideicomisos o cuotapartes de fondos comunes de inversión; títulos, valores, acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos, entre otros, que coticen en bolsas o mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores; créditos; derechos y bienes intangibles.
    • Para bienes en el exterior, se podrán declarar dinero en efectivo o depositado en cuentas bancarias; inmuebles; acciones, cuotas y derecho de participación en sociedades, corporaciones, entes o vehículos y los derechos de beneficiarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios; títulos, valores, acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos, entre otros, que coticen en bolsas o mercados del exterior; bienes muebles ubicados fuera de Argentina; créditos; derechos y otros bienes.
    • No podrán ingresar personas no residentes en la Argentina ni se podrán incorporar bienes a nombres de terceros.
    • No podrán acceder quienes hayan ejercido cargos públicos en los últimos diez años, ni sus cónyuges, padres, hijos o hermanos.
    • No podrán acceder los principales contratistas del Estado.
    • No se podrán blanquear criptomonedas.
    • Quienes participen de este blanqueo no podrán inscribirse a blanqueos similares hasta el 31 de diciembre de 2038.

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