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Caso Guadalupe Norte: la Defensoría de la Niñez interviene tras la polémica por la custodia de una menor

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La Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes de Santa Fe emitió una alerta oficial y solicitó informes tras la restitución al Estado de una nena de cuatro años en Guadalupe Norte, cuyo cuidado ejercía una pareja sin autorización judicial previa.

Intervención estatal y tensión en el norte santafesino

La situación habitacional y legal de una nena de cuatro años en la pequeña localidad de Guadalupe Norte, ubicada en el departamento General Obligado, derivó en una intervención de los organismos de protección de la provincia de Santa Fe. La Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes provincial formalizó un pedido de informes al Poder Ejecutivo con el propósito fundamental de supervisar el abordaje estatal y resguardar el interés superior de la menor involucrada.

El conflicto cobró notoriedad pública luego de que el último sábado, en la ciudad de Reconquista, se procediera a cumplimentar una orden que determinaba el traslado de la niña hacia una institución especializada. Hasta ese momento, la menor se encontraba bajo el cuidado de Jorge Rodríguez, un policía retirado, y Valeria Chapero, una docente local, quienes la habían recibido en su hogar a mediados de diciembre del año pasado.

La entrega de la niña al personal de la Secretaría de Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia generó inmediatas reacciones en la comunidad local. Vecinos y allegados a los cuidadores particulares se concentraron en los alrededores del punto de encuentro para manifestar su disconformidad con la resolución estatal, visibilizando un reclamo que rápidamente escaló a los medios de comunicación y a las plataformas digitales.

El debate sobre los procedimientos de acogimiento y adopción

La pareja implicada sostiene que la madre biológica de la nena les solicitó expresamente que asumieran su crianza debido a la imposibilidad de hacerse cargo de ella de manera adecuada. Rodríguez y Chapero aceptaron la petición el pasado 15 de diciembre, reconociendo con posterioridad que la transición se realizó por fuera de los carriles judiciales ordinarios que rigen los procesos de guarda y adopción en el territorio provincial.

Semanas después de recibir a la menor, los cuidadores se presentaron ante los organismos competentes con la intención de regularizar la situación jurídica y solicitar formalmente la tutela legal. Sin embargo, los equipos profesionales del área de Niñez determinaron la necesidad de retirar a la niña del domicilio y ordenar su alojamiento en un espacio institucional transitorio, una medida que frustró las expectativas de la pareja de continuar con el cuidado diario.

Frente a la repercusión del caso, las autoridades de la Defensoría recordaron que los mecanismos de acogimiento familiar forman parte de un programa institucional regulado por el gobierno de Santa Fe, el cual exige una inscripción previa y una evaluación técnica rigurosa de los aspirantes. El cumplimiento de estos pasos busca evitar situaciones de vulnerabilidad y asegurar que las colocaciones familiares respondan a criterios técnicos e imparciales.

Criterios institucionales y resguardo de los derechos de la menor

Desde el organismo legislativo especializado manifestaron su preocupación por la exposición pública del caso, advirtiendo que la difusión masiva de detalles confidenciales puede vulnerar las normativas vigentes sobre la protección de la infancia. Las autoridades emitieron un llamado de atención respecto al riesgo que implica trasladar este tipo de conflictos jurídicos y familiares al ámbito de las protestas callejeras y los debates mediáticos.

"Su finalidad principal es proteger a niñas y niños mientras se trabaja para el fortalecimiento de sus vínculos familiares y comunitarios, siempre que ello resulte posible y compatible con su bienestar integral", enfatizaron las fuentes oficiales respecto a la naturaleza de las medidas excepcionales y transitorias de cuidado alternativo que estipula la ley de protección integral.

La Defensoría remarcó de manera tajante que las tareas de acompañamiento y el sostén afectivo que brindan de forma solidaria las familias de acogimiento no otorgan derechos automáticos para iniciar trámites adoptivos. La legislación argentina prohíbe expresamente que la entrega directa de un menor por parte de sus progenitores biológicos a particulares sea validada como un camino legal hacia la adopción definitiva, priorizando la transparencia de las listas de espera del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (Ruaga).

Marco legal y próximos pasos del proceso judicial

La legislación santafesina establece que la separación de un menor de su núcleo familiar de origen representa una medida de última ratio. Este recurso extremo solo se ejecuta cuando se constata que las estrategias previas destinadas a fortalecer el entorno comunitario e inmediato de los progenitores han resultado insuficientes para garantizar la seguridad física y emocional del niño.

En este escenario, cualquier modificación permanente en el régimen de custodia o la declaración de adoptabilidad de la niña requerirá de una resolución judicial fundada, emitida por un tribunal de familia competente tras evaluar los informes socioambientales y psicológicos que elabore el equipo interdisciplinario de la Secretaría de Niñez.

Actualmente, la nena permanece alojada en un centro de cuidado institucional del norte provincial, bajo la tutela económica y operativa del Estado, mientras que la pareja de Guadalupe Norte aguarda que la Justicia examine las presentaciones legales realizadas por su representación técnica para evaluar la viabilidad de su pedido de guarda formal.

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