Seguros de autos ya no incluirán servicio de grúa por desperfectos mecánicos

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A raíz de una disposición publicada por la Superintendencia de Seguros de la Nación en el Boletín Oficial, las compañías de seguros de automóviles ya no podrán ofrecer servicio de grúa para acarreo por desperfectos mecánicos a sus clientes. La medida, que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, deja vigente el traslado de vehículos asegurados solo en casos de siniestro, incendio, robo o hurto.

La Resolución 217.2024 otorga a las empresas un plazo de hasta 90 días para implementar esta disposición en los nuevos contratos. Aquellos que ya hayan renovado sus pólizas podrán seguir utilizando el servicio de acarreo hasta la fecha establecida en el contrato.

El servicio de grúa por desperfectos mecánicos había generado controversia en el pasado, ya que algunas aseguradoras argumentaban que no correspondía incluirlo en las pólizas, pues el propósito del seguro es responder a siniestros, no a eventualidades mecánicas.

A pesar de que el servicio se ofrecía en las pólizas, era común que los clientes tuvieran que esperar largas horas con su vehículo averiado, optando en muchos casos por contratar servicios de grúa particulares.

A partir de la renovación de las pólizas o la contratación de nuevos seguros a partir de agosto, el servicio de acarreo por problemas mecánicos ya no estará disponible, aunque se mantendrá la opción de grúa en casos de siniestro, incendio, robo o hurto.

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